Actas Asamblea Nacional Constituyente
ACTA No. 94
No. 94.- Nonagésima cuarta acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las catorce horas y media del día veintidós de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Doctor Rodríguez. Presentes los señores Diputados: Vargas Fernández y Ortiz, Secretarios; Arias, Acosta Jiménez, Baudrit González, Baudrit Solera, Brenes Gutiérrez, Brenes Mata, Desanti, Dobles, Esquivel, Facio, Fournier, Gamboa, Gómez, González Herrán, González Flores, González Luján, Guido, Guzmán, Herrero, Leiva, Madrigal, Monge Álvarez, Monge Ramírez, Montealegre, Montiel, Oreamuno, Pinto, Ruiz, Solórzano, Trejos, Valverde, Vargas Castro, Vargas Vargas, Volio Jiménez, Volio Sancho, Zeledón; y los suplentes Castaing, Morúa, Rojas Espinoza, Chacón Jinesta, Castro Sibaja y Jiménez Quesada.
Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.
El Representante VOLIO SANCHO pidió excusas a la Cámara por cuanto iba a referirse a un asunto ajeno a la orden del día, pero de gran actualidad. No puedo contener el impulso que me mueve a expresar -empezó diciendo-, mi solidaridad plena, entusiasta y afectuosa, con la causa de los revolucionarios dominicanos, que hoy luchan heroicamente por derribar el régimen de oprobio de Rafael Leonidas Trujillo, vergüenza de América y del mundo. Mi voz, con todo y ser tan modesta, es la voz del pueblo costarricense, identificado en angustias e ideales con el valiente y sufrido pueblo dominicano, pues nosotros también soportamos durante años un despotismo brutal y sanguinario como el que oprime a la República Dominicana. Ya que no podemos prestarles a los revolucionarios ayuda material de ninguna clase, alentemos moralmente al menos, sus patrióticos esfuerzos, encaminados tan sólo a devolver a sus connacionales la libertad y demás derechos humanos conculcados. Por otra parte, en esa lucha están empeñados hombres que aunaron sus esfuerzos a los nuestros en aras de la libertad de Costa Rica, que colaboraron brillantemente en la campaña de Liberación Nacional, como Miguel Ángel Ramírez y Horacio Ornes, por quienes guardará el pueblo de Costa Rica perenne gratitud. De ahí, que nuestro país propicie, aunque esté comprometido, aunque sólo sea espiritualmente, el triunfo de los rebeldes dominicanos. A través del Mar Caribe que separa a los dos países hermanos, tendamos nuestros brazos a los heroicos y abnegados revolucionarios para ofrecerles nuestros corazones en un apretado haz, henchidos de fe y esperanza en el éxito de su noble empresa libertadora.
Artículo 2º.- Se dió lectura a la correspondencia.
a) Telegrama de la Asociación Femenina 15 de Mayo, en relación con el voto femenino. b) Carta (*) del Licenciado Alberto Martén, Director de la Oficina de Coordinación Económica de Costa Rica, relacionada con el funcionamiento y propósito de la misma. Junto con su carta acompaña una Declaración de Principios de la Oficina de Coordinación Económica, para que, en lo posible, se incorpore en la nueva Constitución.
La Declaración es la siguiente:
DECLARACION DE PRINCIPIOS DE LA OFICINA DE COORDINACION ECONOMICA
Artículo 1º.- La filosofía económica de la nación costarricense favorece la creación de riqueza, uniendo en lazos de solidaridad a los factores humanos e institucionales de la producción que son: los asalariados y los patronos.
(*) Ver Anexo a la presente acta.
Artículo 2º.- Las leyes asegurarán:
a) A los asalariados, remuneraciones justas, proporcionadas a la importancia de los servicios que presten a los empresarios que los ocupen, así como los medios que les aseguren la obtención de un ahorro.
b) A los empresarios, utilidades suficientemente amplias para estimular la iniciativa creadora y que les permitan la conservación de sus capitales y la acumulación de fondos de reserva con qué cubrir los riesgos inherentes a la conducción de los negocios.
c) Al Estado, impuestos y tasas bastantes para obtener los servicios públicos y llenar las necesidades de prevención social.
Artículo 3º.- Para lograr que la economía Nacional produzca suficiente riqueza con qué retribuir adecuadamente a los mencionados factores de la producción, las autoridades económicas deben preocuparse por implantar sistemas de racionalización tendientes a lograr la ocupación total y el aprovechamiento óptimo de los recursos materiales y humanos del país.
Artículo 4º.- La racionalización de la producción constituirá un esfuerzo cooperativo de las organizaciones privadas y las dependencias oficiales para aplicar la técnica de la eficiencia en la selección de las necesidades de bienes y servicios y en el empleo de los medios para satisfacerlos.
Artículo 5º.- Se considerará contrario al principio de racionalización toda actividad económica que manifiestamente exceda o contradiga las necesidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, técnicamente constatadas por las estadísticas. Las Cámaras, Juntas y Asociaciones representativas de las fuerzas económicas particulares deben cooperar con los organismos oficiales en desalentar tales actividades anti-económicas.
Artículo 6º.- Se declara que la lucha de clases y la injusticia social son enemigos de la producción. Sobre la base de una economía de abundancia, corresponde al Estado el implantamiento progresivo de la justicia social por medio de la educación, el fomento del solidarismo económico, la fijación de salarios, tributos justos, la protección a las cooperativas y el mantenimiento de tribunales de trabajo, instituciones de servicio, seguro y previsión sociales.
Artículo 7º.- El Estado estimulará la iniciativa privada, pero exigirá de todos espíritu de servicio, moderará el afán de lucro y combatirá la especulación, el monopolio y el acaparamiento, así como la competencia excesiva.
Artículo 8º.- El Estado podrá controlar y aún podrá monopolizar, pero sin miras fiscales y únicamente para el mejor aprovechamiento nacional de los mismos, ciertos servicios básicos de la economía nacional que hayan sido declarados como tales mediante el trámite que al efecto establezca la Constitución y las leyes, debiendo ser pagado previamente el valor de las empresas y servicios que el Estado se considerará forzado a adquirir. Esta facultad estatal deberá restringirse en forma tal que no signifique amenaza a la iniciativa privada a la que se le reconoce, con los requisitos enunciados en el artículo 7º, toda la importancia que tiene en nuestra economía.
Artículo 3º.- El Diputado VOLIO SANCHO presentó moción “para que en el caso concreto, de los capítulos aprobados de la Constitución, el texto de ellos, coordinado y perfeccionado ya por la Comisión respectiva, se someta únicamente a la última votación que indica el artículo 31 del reglamento, sin perjuicio de la revisión contemplada en el mismo artículo”. El proponente de la moción explicó brevemente los alcances de la misma, que no persigue otro fin que el de aligerar los trámites, a efecto de comunicar, a la mayor brevedad, al Tribunal Supremo de Elecciones los capítulos aprobados de la nueva Constitución, para que redacte la convocatoria de las próximas elecciones. Además, aclaró que el Reglamento no decía nada en lo que se refiere a darle una aprobación anticipada a los capítulos aprobados, ya que sólo contempla el caso del proyecto completo.
Sometida a votación la moción anterior, fue desechada.
La Mesa recabó el parecer de la Cámara respecto al procedimiento a seguir, en vista de que la moción del señor Volio Sancho fue desechada.
El Diputado ZELEDON sugirió que lo aprobado se sometiera al mismo procedimiento señalado por el Reglamento como si se tratara del proyecto de Constitución completo.
El Diputado BAUDRIT SOLERA se manifestó en términos parecidos. Lo propio es -dijo-, en vista de lo que acaba de resolver la Asamblea, sin mi voto, adoptar el Reglamento, que era para un conjunto, al texto, ya aprobado.
El Primer Secretario aclaró que la Mesa no podía aplicar el Reglamento como lo han sugerido los Representantes Zeledón y Baudrit Solera, pues se refiere al proyecto de Constitución en su totalidad, ya que no se previó la posibilidad de promulgar una parte del mismo anticipadamente. El camino a seguir es el de dar curso a las revisiones planteadas o que se presenten durante el debate -de acuerdo con la moción aprobada en la sesión del 9 de junio-, y dejar planteado el problema en cuanto a la votación definitiva.
El Diputado ESQUIVEL indicó que al Tribunal Supremo de Elecciones hay que comunicarle los capítulos definitivamente aprobados, para luego evitar revisiones a la hora de la votación final del proyecto, que vengan a alterar la base sobre la cual ha operado el propio Tribunal con respecto a las próximas elecciones.
A este procedimiento se opuso el Representante BAUDRIT GONZALEZ, alegando que muchas de las disposiciones aprobadas son de una gran trascendencia y no pueden desde ahora darse como definitivamente aprobadas.
El Diputado JIMENEZ QUESADA apuntó que en el texto ya coordinado y perfeccionado por la Comisión respectiva, publicado en el Alcance número 136 de “La Gaceta”, ha encontrado algunos defectos de forma. Preguntó a la Mesa cuál es el procedimiento a seguir en cuanto a la presentación de mociones que afectan la forma. La Mesa le aclaró que, en lo que se refiere a mociones de forma y con el fin de aligerar los trámites, se podrían presentar al final, para dar curso ahora tan sólo a las mociones que afectan el fondo de los artículos aprobados. En consecuencia, la Secretaría procedió a dar lectura a los capítulos aprobados hasta la fecha, que han sido publicados en el Alcance número 136 de “La Gaceta”.
En cuanto al artículo 81, el Diputado BAUDRIT GONZALEZ, presentó moción para cambiar la expresión “la delega”, por la “encomienda”, a efecto de que se lea así: “La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la encomienda por medio del sufragio a la Asamblea Legislativa”. El proponente explicó que el concepto “potestad” implica un poder infinitamente superior a cualquiera otro, que está implícito en el pueblo. Delegar es despojarse del mismo, confiándolo de una manera plena en la Asamblea Legislativa. Lo más propio es decir que esa potestad de legislar la encomienda el pueblo, pero no la delega a la Asamblea.
Sometida a votación la moción anterior, fue desechada.
Sobre el artículo 82, el Diputado GONZALEZ HERRAN presentó moción para que se le agregara el párrafo siguiente: “Cada vez que se realice un censo general de población, el Tribunal Supremo de Elecciones distribuirá entre las provincias, el total de las diputaciones, en proporción a la población de cada una de ellas”. Suprimir del transitorio de ese artículo, la regla anterior. El autor de la revisión, explicó que tendía la misma a que se consagrara, como regla firme en el texto constitucional y no transitoria, la obligación para el Tribunal Supremo de Elecciones de efectuar la distribución de los Diputados por provincia, cada vez que se levante un censo general de población.
Los Diputados GUIDO y MADRIGAL se pronunciaron de acuerdo con la moción anterior. Observaron que precisamente ese había sido el sentido del artículo 82, aprobado. Lo justo es que, cada vez que se levante un ceso de población, el Tribunal proceda a efectuar la distribución de los diputados en proporción a la población de cada provincia, para evitar injusticias.
El Diputado CHACON también defendió la revisión planteada. Indicó que las disposiciones transitorias tienen una vida efímera, por lo que la obligación apuntada debería consignarse en el propio texto constitucional.
El señor BAUDRIT SOLERA, oídas las explicaciones del señor González Herrán, también apoyo la tesis que consagra la necesidad de redistribuir el número de diputados cada vez que se haga un censo y no como medida transitoria, lo que por lo demás parece de sentido común. Sometida a votación la moción del señor González Herrán, fue aprobada.
El Representante CHACON JINESTA presentó moción de revisión, para suprimir del artículo 82, el párrafo que dice:... “Sin embargo, cuando la población de la República pase de un millón trescientos cincuenta mil habitantes, se elegirá un nuevo diputado por cada treinta mil habitantes o residuo mayor de quince mil por provincia”. El proponente señaló la inconveniencia de señalar en el texto constitucional el número de habitantes que corresponde para elegir un diputado. Esas proporciones no deben ir a la Constitución, pues son arbitrarias y carecen de un fundamento científico, ya que no existe razón alguna para afirmar que a tal número de habitantes corresponde determinado número de diputados. Agregó que la realidad era que el pueblo de Costa Rica no quiere que el número de diputados aumente. Aún más: el actual número de 45 es demasiado alto. En el propio proyecto del 49 se rebajaba ese número. Ahora bien, si ese número no se ha reducido, al menos declaremos que la Asamblea Legislativa estará integrada siempre por 45 diputados, para asegurarle al pueblo de Costa Rica que sus deseos se cumplirán. Si en el futuro las necesidades y los deseos del pueblo cambian en el sentido de que se debe elevar el número de diputados, no existirá dificultad, ya que se procederá a una reforma constitucional. Pero se llegará a ello cuando un fuerte movimiento de opinión pública presione y se haga sentir en la Cámara. Expresó luego que la bondad de un Congreso no estriba en el número de sus integrantes, sino en la capacidad y en la honorabilidad de los mismos.
El Representante VARGAS FERNANDEZ también se pronunció de acuerdo con la moción del señor Chacón Jinesta. Indicó que toda esa exposición numérica en la Constitución está de por demás, así como afea el texto constitucional. Por otra parte, si el deseo del pueblo es el de mantener invariable el número de diputados, no existe razón para decir que, una vez que la población de la República alcance la cifra básica, ese número se alterará.
El Diputado GAMBOA declaró que votaría favorablemente la moción en debate, por cuanto el pueblo no desea que se aumente el número de Diputados, ni ahora, ni en el futuro. Más aún, no ha visto con buenos ojos que la Constituyente mantuviera ese número en 45.
El Representante ESQUIVEL expresó que era una buena práctica democrática aumentar la representación nacional, conforme a los aumentos operados en la población del país. Aclaró que, para alcanzar la cifra básica de 1.350,000 habitantes, el país requería muchos años, lo que significa que los deseos actuales del pueblo se verán satisfechos, ya que durante un largo período de tiempo, el número de diputados no podrá aumentar. Añadió que no se estaba haciendo una Constitución no sólo para la actual generación, sino para el futuro, para que se mantenga invariable durante muchos años. De ahí que no se puede cerrar la posibilidad de que el número de miembros de la Asamblea Legislativa se aumente, en el caso de que la población y las necesidades del país así lo demanden. Indicó luego la conveniencia democrática del mayor número de elementos en las Cámaras.
Nuevamente intervino en el debate el Diputado CHACON. Insistió en la falta de base científica, para establecer la proporcionalidad. Apuntó que originalmente la Carta del 71 establecía un diputado por cada 7.500 habitantes; luego, mediante la reforma del año 13, se aumentó la cifra a 15.000 habitantes, y ahora, en 1949, se exigen 30.000 habitantes por diputado. En el futuro posiblemente esa proporcionalidad se va a aumentar.
Puesta a votación la moción del señor Chacón Jinesta, fue desechada.
Sobre el artículo 83, los diputados de la fracción Social Demócrata presentaron moción para que la Asamblea Legislativa se renueve por mitades cada dos años.
El Diputado FACIO explicó los propósitos y alcances de la moción anterior, que sólo tiende a que los señores representantes reflexionen, una vez más, sobre la conveniencia de mantener el sistema tradicional que ha vivido el país en lo que se refiere a elecciones de medio período. Este sistema lo ha practicado el país desde sus primeros años de vida política independiente. Expresó luego que la esencia del sistema democrático, lo que lo caracteriza fundamentalmente de los otros sistemas de gobierno, es la de que cualquier modificación pública debe reflejarse necesariamente en la composición, estructura y orientación del gobierno. En este sentido, el más democrático de los sistemas es el llamado régimen parlamentario que se originó en Inglaterra que obliga a que el gobierno se estructure sobre nuevas bases, de acuerdo con los resultados de las elecciones. Ningún ejemplo más saludable que el de Inglaterra, que por siglos ha vivido ese sistema en una forma cabal. Añadió que ese sistema ideal -dentro de la concepción pura de la Democracia- no puede operarse en medios que no tienen la madurez y la preparación del medio inglés. De ahí que el régimen parlamentario, transplantado a otros países como Francia e Italia, ha fracasado, provocando, el caos y la inestabilidad gubernamental. De esta situación se han dado cuenta los países de América latina, que no han adoptado el régimen parlamentario, sino el presidencialista, conscientes de su falta de madurez y preparación cívica. Luego explicó lo que se entiende por régimen presidencialista, que implica un período fijo, que viene a sacrificar esa condición fundamental de la Democracia, en virtud de la cual todo cambio operado en las elecciones, se refleja en la marcha general del gobierno. En cambio en el sistema presidencialista se elige el Presidente por un período fijo determinado, que en Costa Rica ha sido de cuatro años. Dentro de este sistema puede darse el caso de que se mantenga en el gobierno un partido que no ha obtenido el debido respaldo popular en los comicios, es decir, que se mantenga el que ejerce el Poder Ejecutivo, aun cuando no cuente con el respaldo de las mayorías. En este sentido se refirió concretamente al caso de Calderón Guardia en Costa Rica que llegó al poder apoyado por una gran mayoría del pueblo costarricense y que luego, debido a los abusos cometidos, el mismo pueblo le volvió la espalda. Sin embargo, Calderón Guardia se mantuvo en el poder aunque no contaba con el apoyo popular. El régimen presidencialista -dijo luego- puede producir -históricamente lo ha producido-, ese resultado. Se le puso a ese mal, sin embargo, un rectificativo, una especie de contrapeso en las llamadas elecciones de medio período, que no tienen, es cierto, la virtud de cambiar la estructura del Poder Ejecutivo, pero que a pesar de eso tienen la virtud de hacer ver cuál es el criterio de la opinión pública. Vienen a ser una especie de termómetro de la opinión pública, no importa que sus resultados muchas veces se alteren por gobiernos inescrupulosos. Aunque esto ocurra, siempre servirán para marcar el sentimiento popular con respecto a la política gubernamental. Para reafirmar su tesis, puso como ejemplo las elecciones de medio período llevadas a cabo en 1942, durante la Administración de Calderón Guardia, las que, no obstante que fueron ganadas por el oficialismo que se valió de toda clase de fraudes y atropellos, sirvieron para demostrarle al país y al propio gobernante que éste se había quedado solo, sin el respaldo popular. Calderón entonces, se vió obligado a acudir al apoyo de los comunistas. Expresó a continuación que, además de lo apuntado, las elecciones de medio período han servido para que a las Cámaras lleguen grupos pequeños, provinciales, que de otra manera no tendrían la más remota posibilidad de hacer oír su criterio en el seno de la Asamblea, ya que en las elecciones presidenciales nuestro pueblo fija su atención casi exclusivamente en los candidatos a Presidente, no importándole los otros funcionarios a elegir. Por regla general, el candidato triunfante obtiene la mayoría de los Diputados a elegir, ya que nuestro pueblo no tiene aún la debida preparación para hacer la discriminación del caso, aunque las papeletas de Vicepresidente y Presidente se dividan con respecto a la de Diputados y munícipes. Con la supresión de las elecciones de medio período se le cierra las puertas de la Asamblea a los grupos pequeños, independientes, que han tenido una gran importancia en Costa Rica. Se refirió concretamente a varios ejemplos de la historia Política de Costa Rica que demuestran la importancia de las elecciones de medio período. La candidatura Presidencial de don Ricardo Jiménez en 1910 la hizo desde la Cámara, dada su actuación brillante en la misma. Es sabido que don Ricardo llegó al Congreso en elecciones de medio período. También don Otilio Ulate y don León Cortés llegaron por vez primera al Congreso en elecciones de medio período. Luego refutó el argumento de los que sostienen la supresión de las elecciones de medio período, por cuanto, en la gran mayoría de los casos han sido fraudulentas y ganadas por el oficialismo. Observó que esto era cierto, pero que en el futuro las elecciones se iban a desarrollar en un clima de libertad y respeto, dadas las garantías con que se ha rodeado la función electoral, creando un Tribunal Supremo de Elecciones independiente, alejado totalmente de las influencias del Ejecutivo, al que se le han señalado toda clase de garantías a fin de que pueda cumplir a cabalidad su misión. También refutó el argumento de los que defienden la tesis de la supresión de las elecciones de medio período, alegando que mantienen al país en constante agitación política. Indicó que la política era el precio que tenía que pagar la Democracia para poder subsistir. Es cierto que en los actuales momentos nuestro pueblo tiene una opinión equivocada de la política, que está cansado de la misma. Su actitud se justifica pues el pueblo de Costa Rica acaba de padecer ocho años de tiranía, de atropellos, de fraudes electorales. El deber mas exige -concluyó- sobreponernos a la actual situación, que es transitoria y que obedece a causas explicables, no fundándonos en ella para suprimir una institución fundamental, de nuestro régimen democrático.
El Representante ACOSTA JIMENEZ manifestó que votaría la moción de revisión planteada, por considerarla de grandes proyecciones para la salud democrática del país, ya que la supresión de las elecciones de medio período significaba un golpe de muerte al régimen democrático. Agregó que, con la creación del Poder Electoral, el argumento de los que defienden la tesis contraria, carece de validez, por cuanto se ha rodeado al Tribunal Supremo de Elecciones de toda clase de garantías, quitándole al Poder Público toda participación en el desarrollo de los comicios. En el futuro, se puede tener la seguridad de que las elecciones realmente vendrán a significar la verdadera voluntad popular, libremente expresada. Por otra parte, el decir que las elecciones de medio período deben suprimirse porque traen como consecuencia la agitación política, es reconocer a nuestro pueblo una virtud, ya que tiene una vitalidad democrática que lo enaltece, en lugar de degradarlo. Indicó que los pueblos que no se interesan por la política, son pueblos muertos, propicios para las dictaduras, destinados a la esclavitud. Lo que ocurre es que en Costa Rica se han confundido la política con la politiquería, por lo que ha sucedido en los últimos años. Pero son cosas muy distintas. La Politiquería fue lo que hizo el régimen de los ocho años, al alentar en la Cámara reformas electorales casuísticas, al coaccionar al empleado público, al propiciar una política social demagógica, al derrochar los dineros de la Nación. Eso fue lo que el país contempló en largos ocho años de desgobierno. Pero venimos aquí -dijo luego-, a echar las bases de un régimen democrático, que sea gloria, prez y honra de la República. De lo contrario, todos los anhelos y todas las angustias, todos los sacrificios de nuestro pueblo, habrán sido en vano. ¿Por qué mutilar una institución que configura al régimen democrático? Después se refirió a aquellos países que tienen la institución, como Chile, Uruguay, Colombia, México, etc. Si en esos países existe la institución, es porque viene a desempeñar un papel de gran importancia en la vida democrática de los mismos. Agregó que se puede decir que el régimen democrático es auténtico, sin mistificaciones de ninguna clase, cuando la opinión pública puede incidir en la marcha del Gobierno, cuando el pueblo puede atajar los desenfrenos del Presidente, diciéndole que no es el mandante sino el mandatario. Pero esto no ocurrirá si se suprimen las elecciones de medio período, la única forma que tiene el pueblo entre nosotros de manifestar su conformidad o inconformidad con la política del Gobierno. Expresó luego que la democracia necesita, para que sea Democracia, el libre juego de las opiniones, la contradicción entre los grupos que la integran.
El Representante MONTEALEGRE declaró que el pueblo de Costa Rica estaba cansado de la política, de las campañas electorales que sirven tan sólo para agitar constantemente al país. Las elecciones de medio período tienen el gran inconveniente que tan sólo sirven para avivar las pasiones políticas. Añadió que el pueblo así lo había demostrado al responder a la encuesta llevada a cabo por el Partido Unión Nacional recientemente. La gran mayoría de las personas consultadas, estuvo de acuerdo en la supresión de las elecciones de medio período.
El Representante ESQUIVEL usó de la palabra para combatir la revisión planteada. Dijo que había tratado de realizar una encuesta privada entre los elementos de las distintas clases sociales, a fin de recabar la opinión pública con respecto a la supresión de las elecciones de medio período. La mayoría de las personas a quienes consulté, se manifestaron en un todo de acuerdo con la disposición de la Asamblea, que viene a llenar una aspiración nacional. Agregó que los resultados de la encuesta pública llevada a cabo por el Partido Unión Nacional, fueron definitivos en el sentido de que una abrumadora mayoría de nuestro pueblo no quiere las elecciones de medio período. Si la Democracia es la expresión de la voluntad popular, tenemos que decir que la supresión de las elecciones de medio período es una medida democrática, porque viene a colmar un anhelo popular. Expresó luego que se trataba de sacar al electorado costarricense de ese ambiente de constante politiquería en el que se ha venido debatiendo en los últimos años, y que sólo perjuicios le ha ocasionado al país. Además, la Asamblea aprobó que las papeletas de Presidente y Vicepresidentes, irán por aparte de las de los Diputados, con lo que el pueblo tendrá la oportunidad de votar en diferentes sentidos. Las mismas facilidades que tenían antes las minorías para lanzar sus papeletas independientes, las tendrán ahora cada cuatro años. Terminó diciendo que la supresión de las elecciones de medio período era una medida popular y necesaria.
Por avanzada la hora y quedando en el uso de la palabra el Diputado Acosta Jiménez, el Presidente suspendió la sesión a las siete y veinte de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.
DISCURSO completo del Diputado don Rodrigo Facio
Los señores Diputados comprenderán que lo que tratamos de hacer es obligar a la Asamblea a reflexionar, una vez más, sobre la conveniencia de mantener el sistema tradicional que, en materia de elecciones, ha vivido el país desde los primeros días de su organización como régimen presidencialista. Pretendemos que la renovación del Congreso o Asamblea Legislativa, no se haga de una manera total cada cuatro años, como quedó resuelto por esta Asamblea al votarse el asunto, sino que se renueve parcialmente cada dos años, como hasta ahora ha venido haciéndose, o sea que se efectúen dos elecciones parlamentarias en cada período presidencial; unas simultáneamente con las presidenciales, y otras a la mitad del período respectivo. La esencia del sistema democrático, como no podrá escapar a ninguno de los cultos compañeros de esta Asamblea, es la de que cualquier modificación en la opinión pública, debe necesaria e inmediatamente, reflejarse en la composición y en la política del Gobierno, y, en ese sentido, ningún régimen es más democrático ni realiza mejor esa finalidad esencial que el régimen parlamentario que viven algunos países europeos. Dentro de ese régimen, como todos los compañeros lo saben bien, el Gobierno, el Poder Ejecutivo, o sea el Gabinete, se organiza sobre la base mayoritaria existente en cada momento en la Asamblea, y cualquier modificación que se opere en la opinión pública, y que, a través de unas elecciones generales o parciales, determina la sustitución de un número de Diputados de la Cámara por otros de otro partido, si es que la alteración de la composición política de dicha Cámara da margen para ello y le quita la mayoría al Gobierno, obliga -digo-, a la constitución de un nuevo Gobierno. A este respecto, ningún ejemplo más ruinoso [sic, obviamente ese no fue el término que utilizó el Diputado Facio] y saludable que el ofrecido por la Gran Bretaña, cuya enorme estabilidad política, cuya enorme madurez institucional, la ha llevado a vivir el régimen parlamentario de una manera cabal, a tal punto que cualquier modificación suficiente en la opinión pública inglesa hace variar, a través de las elecciones, la composición de la Cámara, y por ello mismo, al Gobierno inglés y a su política. Es natural que este sistema ideal dentro de la concepción pura de la democracia no puede realizarse en la forma tan brillante y fecunda en que se realiza en un medio de madurez y desarrollo plenos como el inglés, en otros medios que no ofrezcan iguales características, y por eso lo hemos visto complicarse algunas veces, incluso en otros países europeos que lo han adoptado, como Francia, Italia y España. Y es también por ese motivo por el que el sistema parlamentario no ha podido emigrar de Europa para ir a organizar y estructurar los regímenes políticos de la América, a pesar de ser América el continente de la democracia, como se le llama por la razón histórica de coincidir su independencia con la adopción máxima del régimen democrático. A pesar de eso, los países de Latinoamérica, conscientes de su falta de madurez, no echaron mano al sistema inglés para organizar la vida democrática que querían vivir, sino al sistema presidencialista acogido en los Estados Unidos desde hacía unos 30 años atrás. Este régimen presidencialista o presidencial, establece un período fijo para el poder Ejecutivo, sacrifica desde luego, el principio de que el Gobierno debe cambiar en virtud de cualquier variación en la opinión pública; y nuestros países, conscientes de que no se podía llegar al extremo de cambiar el Gobierno por el resultado de unas elecciones parciales, porque sin partidos organizados y sin la madurez institucional de Inglaterra, se podría obtener el resultado desastroso de estar cambiando de Gobierno todos los días, y muchas veces no por cambios reales de la opinión pública, sino por simples combinaciones políticas de los partidos representados en la Cámara, abandonaron la concepción pura de la democracia y adoptaron el sistema presidencialista, en el que se elige el Representante del Poder Ejecutivo por un período fijo y determinado de años en unas elecciones especialmente convocadas al efecto... Pero de tal sistema, es claro explicarse que suceda lo que no pocas veces ha sucedido en Costa Rica y en otros países que tienen el sistema presidencial, es decir, el caso realmente absurdo dentro de una democracia, de que se mantenga en el Gobierno un partido que no cuenta ya con la mayoría de la opinión de los ciudadanos. Sin irnos muy lejos, tenemos el caso del doctor Calderón Guardia, que es un ejemplo perfecto, porque llegó a la Presidencia con el apoyo de la gran mayoría de sus conciudadanos, pero poco tiempo después, ese apoyo con que contara al principio se difunde; el Presidente se divorcia de la opinión pública y, sin embargo, dentro de las normas constitucionales del país, prolonga su mandato hasta cumplir los cuatro años para los que había sido electo. Queda claro, que [..] han entrado a la Asamblea Legislativa en elecciones de medio período, y que más tarde han tenido gran importancia en la vida política nuestra. La candidatura presidencial de don Ricardo Jiménez, en 1910, se la labró él desde esta Cámara, habiendo llegado a ella en unas elecciones de medio período; tuvo así la oportunidad de llegar a ser uno de los principales hombres con que cuenta nuestra historia política. Don Ricardo empezó a formarse su prestigio político aquí, como un gran tribuno y encendido oposicionista a la Administración González Víquez, para ir después a las elecciones presidenciales que ganó; se le dió así la oportunidad de labrarse su plataforma en esta Cámara. Se dirá que pudo haber hecho lo mismo desde la prensa, y si se hubiera tratado de tiempos más recientes, desde la radio, pero yo creo que eso no es cierto, porque en Costa Rica tiene enorme importancia lo que ocurra en el Congreso o la Asamblea Legislativa, y sólo tiene resonancia política concreta lo que se haga o se deje de hacer aquí; y precisamente es en este recinto donde se hacen los candidatos a Presidente de la República.
Las grandes figuras de nuestros Presidentes, han hecho sus primeras armas, y muchas veces en forma independiente, en el Congreso. Además, las elecciones de diputados sirven para tomar la temperatura política del país a los dos años de cada Administración.
En el caso de Calderón Guardia, esas elecciones de medio período fueron las que le demostraron que las mayorías que lo habían llevado al Poder, se habían deshelado en sus manos, porque esas elecciones son en verdad el termómetro de la política nacional; es cierto que en diversas ocasiones con anterioridad a esas elecciones en 1942, se había demostrado la opinión contraria al régimen de Calderón, pero era necesaria la consulta política a los ciudadanos, en unas elecciones propiamente tales, para poder demostrarle al régimen esa opinión adversa. Se dirá también, como se ha dicho ya, que el Gobierno siempre ha ejercido cierta presión en las elecciones de medio período, pero debo contestar que, en primer lugar, la Asamblea Constituyente ha aprobado ya la institución de un verdadero poder electoral: el Tribunal Supremo de Elecciones, con las atribuciones de dirigir, controlar y declarar el verdadero resultado final de los procesos electorales, con lo que se restringe en mucho la posibilidad de que aquéllos casos vuelvan a suceder, pero aunque así fuera, y aunque el Gobierno lograra llevar a cabo esos fines de imposición, las elecciones de medio período tendrían siempre la importancia de chequear, aunque fuera de manera burda, la situación política del país frente a un régimen. El Gobierno mismo, como en el caso de Calderón, tendrá que darse cuenta del grado de presión que la opinión pública ejerce sobre él a través del grado de presión que él se vea obligado a hacer para impedir la derrota. En 1942, a pesar de que fueron pocos los Diputados de la oposición que lograron venir a la Cámara, el triunfo fue de la oposición, porque la presión que se vió obligado a hacer Calderón para dejarse la victoria puramente electoral, fue suficiente para demostrarle que el pueblo le daba las espaldas y después de esas elecciones, todos los costarricenses en forma franca y decidida, como lo hicieron los que formaban la oposición, y en forma callada y amargada, como lo hicieron los partidarios del Gobierno, tuvieron que admitir que el pueblo entero estaba frente a Calderón; estas elecciones fueron un termómetro; su mercurio fue presionado por el dedo traidor de Calderón, pero así y todo, sirvieron para medir la temperatura política del país y para demostrarle al gobernante inescrupuloso que ya se estaba quedando solo. Yo estoy seguro que todos los distinguidos compañeros de esta Asamblea están de acuerdo conmigo en que la democracia es la mejor organización política, y que el régimen parlamentario es el que mejor [lo] realiza, y que el régimen presidencialista de período fijo implica una disminución del principio democrático, en que las elecciones de medio período son un importante correctivo de esa disminución, en que esas elecciones han tenido en Costa Rica la virtud de permitir a grupos independientes llegar al Congreso, y a jóvenes políticos hacer sus primeras armas; y yo estoy seguro que están conmigo en la afirmación, de que las elecciones de 1942 manifestaron en forma clara que ya el régimen calderonista se quedaba solo; también hacen suya mi afirmación de que las instituciones electorales podrán en el futuro trabajar mejor, ya que hemos creado el Tribunal Supremo de Elecciones: pero pese a ello algunos de los estimables compañeros levantarían contra el argumento, el argumento único, de que el pueblo costarricense siente un enorme cansancio por las actividades políticas, a lo que debo advertir que ello es cierto y que yo también lo siento, pero que es ese un fenómeno transitorio debido a la larga lucha de todos los días y todas las horas que, durante ocho años mantuvo el pueblo contra la dictadura. Yo creo, señores Diputados, sin embargo, que debemos sobreponernos a ese sentimiento de desgano, a esa sensación de desánimo, porque estamos estableciendo instituciones que como se ha dicho, quizás irán a durar cien años, y no es posible planear para el futuro sobre la base de sentimientos subjetivos del momento de hoy. Señores, la política es el precio de la democracia, y los pueblos libres deben pagar ese precio si desean conservar las instituciones democráticas. Lo electoral en sí, por lo demás, no es un pecado sino la realización de la verdadera democracia, lo pecaminoso es que se lo haga degenerar en fraude y corruptela.
Recordemos el caso de la Alemania de Weimar que, por volver la espalda a las funciones cívicas y dejar crecer el disgusto por lo político y lo electoral, terminó en manos del nazismo. No quiero insinuar que se trate de acercarnos al totalitarismo en Costa Rica, no, sino que en pequeño, la Asamblea está siendo infectada por un espíritu de escepticismo frente a la política electoral como aquél.
Yo invito con todo el respeto que me merecen los compañeros de esta Asamblea, a reflexionar con más hondura sobre este problema y los invito a que se sobrepongan a esa situación psicológica momentánea de explicable desgano por la política, para que esta nueva Costa Rica que estamos armonizando, la organicemos sobre la base de ideas y de principios de conveniencia para nuestra República, y no de transitorios estados de ánimo derrotistas. Claro es que si hay menos elecciones habrá menos política, y que si hacemos las elecciones presidenciales cada ocho años en vez de cuatro, pues habrá menos todavía, pero yo me pregunto, ¿hacia dónde vamos en esa argumentación? Conservemos las elecciones de cada dos años porque el país ha vivido ese sistema y le conviene porque la política frecuente es la fuente de las virtudes cívicas. Nuestros hábitos políticos y aún politiqueros si se quiere, sirvieron para tumbar una dictadura que apenas comenzaba a establecerse; en cambio, otros pueblos, sin esos hábitos, sin ese sentido especial de la política permanente, han permitido por muchos años la restricción de sus libertades. La verdad es que en Costa Rica los hombres serán muy politiqueros, pero incapaces de resistir por largo tiempo una dictadura. El defecto no es entonces sino el reverso de esta admirable virtud. Yo pido perdón a los compañeros por haber usado tan largamente de la palabra acerca de un punto que ya se ha discutido tanto en la Asamblea, pero me he sentido obligado a hacerlo, para satisfacción de mis propias convicciones y de las del Partido Social Demócrata y en la firme creencia de que los estimables compañeros me dirán entonces que dentro del régimen presidencialista puede darse el caso de que exista, por lapso más o menos largo, un Gobierno que perfecto jurídicamente, desde un punto de vista real no es democrático, porque no cuenta con el apoyo de la mayoría de los conciudadanos, y fue para atenuar esa posibilidad o para contrarrestar sus malos efectos que se le impuso un correctivo al sistema; las elecciones de medio período; éstas no tienen la virtud constitucional de cambiar el régimen como sí la tienen cualesquiera elecciones en régimen parlamentario; es decir, que si a los dos años de su período presidencial, el pueblo se manifiesta en contra del Gobierno en las elecciones, eso no obliga constitucionalmente al partido gobernante a hacer abandono del Poder, sino que puede legalmente conservarlo hasta que termine el período en cuestión. Pero a pesar de que el Presidente constitucionalmente puede hacerle frente a una derrota de ese género, tienen sin embargo estas elecciones, la virtud de hacer ver en una forma clara al país, cuál es el estado de la opinión pública a los dos años de funciones administrativas del régimen. Algunos pensadores de Latinoamérica y brillantes estadistas, han llegado a pensar, incluso, como cosa de convicción personal, que una derrota en las elecciones de medio período, obliga desde un punto de vista democrático real al Presidente de la República, a dejar su mando, y como ejemplo de esta posición voy a permitirme leer aquí algunos párrafos de la Memoria enviada en 1935 al Congreso de su país por el Presidente doctor Alfonso López, de Colombia, cuya figura de estadista, alcanza talla continental. Para el año 37 se esperaban las elecciones de medio período, y el señor López, remite en su Memoria las palabras por él dichas en un mitín de trabajadores que en su honor y agradecimiento a ciertas medidas de orden laborista, se habían celebrado en Bogotá el 1º de mayo anterior. Son éstas: “Hube de explicar que creía estar interpretando el programa del liberalismo en el Gobierno; pero que, si de un modo u otro, llegaba a la conclusión de que el partido no se sentía fielmente interpretado por mí, habría de retirarse de una misión que no tenía período fijo, sino que estaba condicionada en su duración a la voluntad de quienes habían constituido este Gobierno. Adelantando en ese propósito, agregué que las elecciones populares de 1937 ofrecían a mis copartidarios la mejor oportunidad para renovarme o retirarme la confianza que me habían venido confirmando desde 1929 hasta las últimas votaciones de este período presidencial... El Gobierno es un mandato y una misión, no una oportunidad. Retirado el mandato y declarada la misión mal cumplida, el Gobierno no puede persistir en imponerse con su drástico peso, y sus hombres tienen señalado otro campo para seguir defendiendo sus puntos de vista. El plebiscito que renueve la Cámara y las Asambleas en 1937, debe decidir sobre los actos oficiales, sobre la labor llevada a cabo por el Gobierno en conjunto. En el discurso a que me refiero, resumía este pensamiento así: ‘Para el liberalismo será muy sencillo el dilema: votar en el Gobierno, por los candidatos que los apoyan u ofrezcan cooperar con él en su política, o votar contra el Gobierno. En otras palabras constituir en 1937 un Congreso para apoyar al Gobierno resueltamente y con entusiasmo o para recibir la renuncia del Presidente de la República y reemplazarlo’. No sé si me engaño al pensar que es éste el único desenlace lógico y democrático en el régimen presidencial para un conflicto como el que puede surgir de la incompatibilidad de aspiraciones entre el Jefe del Estado y el pueblo que lo eligió”. Escúchese bien: “el único desenlace lógico y democrático en el régimen presidencial”; tal es la importancia que el ilustre ex-Presidente colombiano le concede al resultado de las elecciones de medio período. Y agrega el doctor López: “Si los resultados de ese plebiscito me son adversos, podéis tener la seguridad de que no usurparé una posición que perdería su sentido desde ese momento... Quienes pudieran observar una aparente contradicción entre el empeño sostenido porque no se dislocara la estabilidad institucional ni se quebrantara el orden, y la actitud que he resuelto adoptar, tendrían la mejor explicación de mi conducta en la convicción que abrigo de que no es orden ni es estabilidad lo que perdura sobre una base de violencia. Y es violencia, aunque lo sea dentro de la Constitución y la ley, conservar un mandato que el pueblo revoca”. La lógica de su espíritu democrático lleva al señor López, según puede desprenderse de la lectura de los anteriores párrafos de su Mensaje de 1936, a pensar que el mandato presidencial puede ser revocado en unas elecciones de medio período, o sea que, para él, y es esa justamente la tesis que yo estoy sosteniendo en este momento, dichas elecciones de medio período son un elemento imprescindible y de alta importancia dentro del funcionamiento normal de un régimen presidencialista, son ese “a modo de correctivo” del período fijo del Presidente de que he hablado antes. Como cuestión ilustrativa, agregaré que las elecciones de 1937 en Colombia las ganó el liberalismo, por la fracción anti-Lopista del partido, la que adversaba la política progresista del Presidente, por lo que éste en efecto presentó su renuncia, la cual, sin embargo, no le fue aceptada por las Cámaras.
Pero, además tienen, las elecciones de medio período una segunda importancia, y es: como en ellas no se discute la posesión del poder público, en que la escena electoral se ve focalizada por las dos o tres grandes figuras de los candidatos a Presidente de la República, les es posible a grupos pequeños, provinciales o ideológicos, poder actuar en forma independiente y llevar con sus Diputados electos ciertos puntos de vista específicos e independientes al propio seno de la Asamblea Legislativa. Debemos darnos cuenta de que en las elecciones presidenciales todo el interés se desbordará hacia las figuras de los candidatos a Presidente, porque se trata principalmente de elegir el Mandatario que ha de regir los destinos del país durante el siguiente período. Todo el interés del proceso electoral, se localiza entonces necesariamente en esas figuras, y se quedan fatalmente en la penumbra las de los candidatos a Diputados. Y por eso es engañoso suponer que por un procedimiento puramente formal y mecánico, como es el de separar en papeletas diferentes el voto para Presidente de la República y para los candidatos a Diputados, puedan los partidos pequeños despojados de candidatos a Presidente de la República, y con un candidato puramente nominal, tener una participación fructuosa en unas elecciones presidenciales. Serán realmente pocos los ciudadanos que tengan la cabeza suficientemente fresca como para consignar su voto en la papeleta del candidato a Presidente X, que, como es natural, habrá hecho su campaña también en beneficio de sus propios candidatos a Diputados, y conseguir su voto para Diputados de una papeleta diferente, en muchos casos hasta opuesta ideológicamente a las listas del candidato a Presidente por el cual se votó. Con el sistema de elecciones cada cuatro años, señores Diputados, se destruirá para siempre en Costa Rica la posibilidad de que grupos pequeños representantes de intereses provinciales o con un conjunto de ideas nuevas, puedan actuar con probabilidades de éxito en los procesos electorales. Estos partidos pequeños que han tenido gran importancia en la vida política de nuestro país, no podrán ya venir a esta Cámara. Yo pido a los estimables compañeros de esta Asamblea que tienen mayores conocimientos en la materia, se sirvan ratificar o rectificar lo que voy a decir en cuanto a casos de candidatos de partidos pequeños con justeza sus responsabilidades ante tema que de modo tan cercano toca los derechos tradicionales del pueblo de Costa Rica, esos mismos derechos que han hecho al pueblo de espíritu libre, democrático e independiente.
ANEXO AL ACTA Nº 94
San José, 20 de junio de 1949.
Señor Doctor don Marcial Rodríguez C., Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente.
Pte.Honorable señor:
A fines de 1947, cuando la legislación social, o más bien la política gubernativa inspirada en ella, parecía constituir un freno severo al desarrollo de la economía nacional, se inició en Costa Rica un fuerte movimiento de opinión que dió por resultado el establecimiento de la Oficina de Coordinación Económica y la instalación del Consejo Económico como organismo superior de la misma. Un gran número de hombres de negocios, agricultores, industriales, comerciantes y banqueros, suscribieron los fondos para sufragar los gastos de la nueva Oficina. Los obreros organizados no comunistas, por medio de su Confederación Costarricense de Trabajo Rerum Novarum, también dieron su apoyo a la nueva institución. El Consejo Económico quedó integrado con 3 representantes respectivamente de la Cámara de Agricultura, de la Cámara de Comercio, de la Cámara de Industrias, de la Asociación de Banqueros y de la Confederación Costarricense de Trabajo Rerum Novarum.
Por decreto Nº 75 del 21 de junio de 1948 de la Junta Fundadora de la Segunda República, se reconoció a la Oficina de Coordinación Económica personería jurídica como organismo privado representativo de las fuerzas económicas de la nación, y por resolución Nº 75-H de 6 de agosto del mismo año, el Ministerio de Economía aprobó y ordenó inscribir en la Sección de Personas del Registro Público el estatuto de la Oficina.
En la sesión celebrada el 24 de marzo de 1949, aprobó el Consejo Económico por unanimidad una declaración de principios que contiene su ideología económico social, basada en los principios científicos del solidarismo. Se le dió a esa declaración la forma de articulado con la intención de proponerla a la consideración de la Asamblea Constituyente para que fuera incorporada a la nueva Constitución política.
Con el fin de dejar en la más amplia libertad a los señores diputados constituyentes para aceptar en todo o en parte, reformar o dividir sus postulados, la dicha declaración no se presentó como un capítulo adicional al Proyecto de Constitución, sino como un cuerpo independiente cuya distribución en el texto constitucional fuera resuelta por la Asamblea Constituyente. Quería asimismo el Consejo respetar en su integridad el proyecto enviado a esa honorable Asamblea por la Junta Fundadora de la Segunda República.
El Consejo Económico considera que a muchas de las reglas contenidas en el Capítulo vigente de las Garantías Sociales les falta virtualidad económica, por lo que constituyen simples declaraciones platónicas de principios. Un ejemplo claro de esta situación es el llamado auxilio de cesantía que contiene el Código de Trabajo y que aun cuando teóricamente representa una prestación acumulativa aproximada de 8.33% del valor de su salario a favor del trabajador, en la práctica son muchas las empresas que nada han pagado o que sólo han desembolsado por ese concepto un porcentaje menor del 1% de sus planillas. Claramente se ve lo ficticio de la protección que para el trabajador ha significado y significa la discutida cesantía.
Poco o ningún progreso social podrá obtenerse, a pesar de todos los postulados constitucionales y legales, sin una firme base real asentada en las leyes naturales de la economía que son las que en última instancia determinan la ruina o prosperidad de las empresas.
A robustecer esas empresas y a aumentar con ello la producción y como consecuencia la renta nacional, se encaminan los esfuerzos de la Oficina de Coordinación Económica.
La labor de propaganda y educación que incesantemente realizamos, necesita completarse con una base constitucional que sirva de fundamento a una ulterior legislación alentadora de las actividades económicas privadas.
Al acompañarle la Declaración aprobada por el Consejo Económico, que contiene los principios básicos para una articulada y constructiva legislación de carácter económico, le rogamos respetuosa y vehementemente, interesarse porque aquellas reglas que merezcan su aprobación se incorporen a los respectivos capítulos de la Constitución Política, de cuya filosofía económico-social depende el bienestar de la nación costarricense en las próximas generaciones.
De Ud. con toda consideración muy Atto. y S. S.,
Oficina de Coordinación Económica de Costa Rica
Director
(f.) A. Martén