Actas Asamblea Nacional Constituyente

ACTA No. 117

No. 117.- Centésima décima sétima acta de la sesión celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente a las quince horas del día veintiséis de julio de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Dr. Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados: Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Vargas Vargas, Vargas Castro, Acosta Piepper, Arroyo, Montiel, Jiménez Núñez, Zeledón, Gamboa, Volio Jiménez, Baudrit González, Arias, Jiménez Ortiz, González Herrán, Baudrit Solera, Fournier, Facio, Monge Álvarez, Valverde, Esquivel, Acosta Jiménez, Brenes Mata, González Flores, Guido, Madrigal, Solórzano, Dobles, Castaing, González Luján, Trejos, Montealegre, Pinto, Herrero, Gómez, Guzmán, Volio Sancho, Leiva, Ruiz, Desanti, y los suplentes: Castro, Jiménez, Chacón y Morúa.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Se dio lectura a una carta de la Agrupación de Mujeres “Carmen Lira”, en relación con el voto femenino.

Artículo 3º.- Se continuó en la discusión del Capítulo de las Garantías Sociales de la Constitución de 1871. Había quedado pendiente la moción suscrita por los señores Trejos, González Flores, Esquivel y Desanti, que dice:

“Los padres tienen respecto a sus hijos habidos fuera del matrimonio, las mismas obligaciones que con los nacidos en él. Se prohíbe toda calificación sobre la naturaleza de la filiación”. [53-54]

El Diputado MONGE ALVAREZ aclaró que entre la fórmula anterior y la del Diputado Volio Sancho, más conservadora, votaría la primera. Caso de ser desechada, votará la del señor Chacón Jinesta, que estima la más justa y humana.

El Representante GONZALEZ FLORES expresó que el Licenciado Baudrit Solera había criticado la moción en debate, por cuanto no daba suficiente amplitud a la investigación de la paternidad. De ahí que piensa que la moción bien podría adicionarse con un concepto, tomado del Código del Niño del Uruguay, de que todos los niños tienen derecho a saber quiénes son sus padres, de acuerdo con la ley. Presenta la moción del caso.

El Diputado BAUDRIT SOLERA manifestó que observaba con mucho agrado que don Luis Felipe González Flores, el más interesado en estas materias relacionadas con el niño, ha llegado a la conclusión de que la fórmula en debate no soluciona el problema de la investigación de paternidad proponiendo un agregado tomado del Código de la Infancia del Uruguay, una de las democracias más elogiadas de América. Añadió que hubiera preferido desde luego consagrar la igualdad de todos los hijos ante la ley. Sin embargo, como la fórmula sugerida ahora por don Luis Felipe deja la puerta abierta a la investigación de la paternidad, si llega a desecharse la otra, con gusto la votará.

Sometida a votación la moción de los señores González Flores, Trejos, Esquivel y Desanti, fue desechada.

Se discutieron luego las mociones del Diputado Volio Sancho, una de ellas para agregar al artículo 56 una frase que diga: “Los padres tienen respecto de sus hijos, la obligación de protegerlos y de procurar su formación moral, intelectual y física. Los hijos deben obedecer y asistir a sus padres”. De este modo el artículo 56 quedaría así: “El matrimonio es la base esencial de la familia y descansa en la igualdad de derechos de los cónyuges. Los padres tienen respecto de sus hijos, la obligación de protegerlos y de procurar su formación moral, intelectual y física. Los hijos deben obedecer y asistir a sus padres”, y otra para redactar el artículo 57 así: “Los padres están obligados a ver por todas las necesidades de sus hijos habidos fuera del matrimonio. Se prohíbe toda calificación sobre la naturaleza de la filiación”.

El Diputado ARIAS BONILLA indicó que el agregado sugerido por el Licenciado Volio Sancho era muy aceptable, razón por la cual lo iba a votar con mucho gusto. Sin embargo, piensa que la parte final de ese agregado bien podría suprimirse, por ser más materia de legislación civil que constitucional. También considera conveniente el nuevo artículo propuesto. El proponente acepta la sugerencia del señor Arias y decide que el agregado se vote en dos partes.

El Diputado ARROYO se manifestó en desacuerdo con la moción planteada, apuntó que la moción desechada de los señores Trejos y compañeros representaba la fórmula más aceptable, pues venía a dar al niño un mínimum de garantías.

Los Representantes BAUDRIT SOLERA, MONTEALEGRE y ESQUIVEL también se pronunciaron en desacuerdo con la moción planteada por el señor Volio Sancho. El primero indicó que, empeñado como estaba en que se abriera la puerta a la investigación de la paternidad, no podía votar una moción que cierra más aun esa posibilidad. Agregó que ayer se había sostenido que ninguna Constitución de América tenía consignado el principio anterior. Para refutar esa afirmación que calificó de equivocada, leyó algunos conceptos de la obra del profesor Fernández Clérigo, quien se refiere concretamente a las legislaciones de tres países de América que permiten la investigación amplia de la paternidad: México, Perú y Cuba. Nadie, por ello, agregó, se ha atrevido a afirmar que la institución del matrimonio ha desaparecido en esos tres países hermanos. El segundo, señor Montealegre, estimó el agregado propuesto más propio de un catecismo que de una Constitución. El tercero, señor Esquivel, indicó que el contenido de la moción era netamente de categoría del Código Civil. No cree que deba elevarse a canon constitucional un principio sobre el régimen de la familia, que incorpora nuestro Código Civil. Añadió que era de los que pensaban que la moción desechada anteriormente por la Cámara era la más adecuada. De ahí que el camino a seguir, a su juicio, es el de presentar en la sesión de mañana revisión sobre la misma, con la esperanza de restablecer ese sistema intermedio.

El Diputado VOLIO SANCHO expresó que había por parte de la Cámara un extravío en el enjuiciamiento de los hechos que no se justificaba. Sostiene que sus mociones son pertinentes, máxime que la Asamblea acaba de desechar la idea de englobar en una sola disposición a los hijos habidos dentro y fuera del matrimonio. Esto significa que la Cámara desea tratar por aparte ambos casos. El propósito fundamental que a él lo anima no es otro que el de separar ambas materias, hablando concretamente en un artículo del matrimonio y de los hijos legítimos, así como de los derechos y obligaciones de los padres para con ellos, y en otro artículo diferente, de los hijos naturales y de las obligaciones de sus padres. Agregó luego que es precisamente en una Constitución donde debe hablarse del régimen familiar en sus aspectos fundamentales. No es como algunos Diputados lo piensan asunto que deba reservarse a la legislación ordinaria. Disposiciones semejantes las encontramos en varias Constituciones de América, como las del Ecuador, Venezuela, Cuba y otras. Terminó diciendo que si en un artículo aprobado por la Asamblea se había dicho que el matrimonio es la base esencial de la familia, lo lógico era complementar esa disposición con otras pertinentes, y no es otra cosa lo que persiguen sus mociones. Dijo además el señor Volio que sus iniciativas ofrecen no solamente un mínimum de protección a los hijos naturales, como pedía el señor Arroyo, sino las más amplias garantías a dichos seres. Por otra parte, agregó, hablar de principios morales en la educación de los niños, no es convertir la Constitución en un catecismo de Ripalda cuyas enseñanzas algunos suelen olvidar.

Sometida a votación la primera parte del agregado al artículo 56 que dice: “Los padres tienen, respecto de sus hijos, la obligación de protegerlos y procurar su formación moral, intelectual y física”, fue desechada. El proponente decidió retirar el resto de sus mociones.

Se discutió luego la siguiente moción presentada por el Representante CHACON JINESTA:

“Todos los hijos son iguales ante la ley. Se prohíbe toda calificación personal sobre la naturaleza de la filiación”. [54]

El proponente declaró que al pueblo de Costa Rica se le había presentado la oportunidad de brindarle, no una limosna, sino un derecho propio, estableciendo la igualdad de todos los hijos ante la ley, para acabar con el estigma de los hijos naturales. Es cierto que existen prejuicios religiosos y hasta personales para no votar su moción, pero no es posible que al hijo se le siga prohibiendo saber quiénes son sus padres, cuando se trata de un hijo adulterino o incestuoso. Añadió que el cargo lanzado contra su moción como atentatoria del matrimonio era infundado. Peligra más la institución matrimonial por causa de la afición al alcohol del marido, o por su pasión por el juego, y no por cuanto la Constitución venga a establecer el principio humano de la igualdad de los hijos ante la ley. También cuando nuestra legislación aceptó el divorcio, se dijo que tal medida iba dirigida directamente contra la estabilidad matrimonial. Concluyó diciendo que para ser consecuente con sus ideas y para tratar de llevar un poco de alivio a millares de seres que pueblan las cárceles y los reformatorios, cuyo pecado ha sido el de venir al mundo con el estigma de hijos naturales, hará todos los esfuerzos para que en la nueva Constitución se incluya el principio justo y humano de su moción.

El Representante HERRERO pidió que constara su voto negativo a la moción del señor Chacón, la que, puesta a votación se desechó.

El Representante GONZALEZ FLORES presentó moción para que el artículo 57 se lea así:

“Los padres tiene para con sus hijos fuera del matrimonio las mismas obligaciones que con los nacidos en él. Todo niño tiene derecho a saber quiénes son sus padres de acuerdo con la ley”. [53]

Para incluir un artículo 58 que diga:

“Se prohíbe toda calificación personal sobre la naturaleza de la filiación”. [54]

El Diputado ARROYO observó que no se explicaba el temor de algunos señores Representantes para que todo hijo pueda investigar su paternidad de acuerdo con nuestra legislación. Agregó que no veía la razón para empeñarse en mantener esa situación. ¿Es acaso que los hijos no tienen derecho a saber quiénes son sus padres? Por todas estas razones, votará la moción planteada, que viene a consagrar las mismas garantías que la desechada de los señores Trejos y compañeros.

El Representante ARIAS observó que se quería ahora establecer la obligación de los padres para con sus hijos naturales, cuando se desechó el agregado propuesto por el Licenciado Volio Sancho tendiente a consignar las obligaciones de los padres para con sus hijos habidos dentro del matrimonio. Añadió que era cierto que existían millares de hijos naturales en situación económica tremenda, pero también pasan miserias hijos legítimos. La causa no estriba en la naturaleza de la filiación, sino en la situación económica lamentable del país. Indicó luego que está bien que en casos normales se investigue la paternidad, pero no podría aceptar de ninguna manera que se investigue en caso de hijos incestuosos. Está de acuerdo en que se permita la investigación de la paternidad en los casos de hijos adulterinos, pero nunca en los incestuosos. La prohibición con respecto a estos últimos debe mantenerse. Resumiendo, piensa que lo que procede es plantear la revisión en la sesión próxima respecto a las dos votaciones habidas.

El Diputado BAUDRIT SOLERA apuntó que la única novedad contenida en la moción era la de que todo niño tiene derecho a saber quiénes son sus padres, principio que el señor González Flores ha trascrito del Código del Niño del Uruguay. Pero se establece que eso será regulado por la ley, lo que significa que ésta reglamentará la forma en que va a proceder la investigación de la paternidad. Agregó que las objeciones del Diputado Arias Bonilla prácticamente no tenían razón de ser, ya que en Costa Rica, dichosamente, los casos de hijos incestuosos son muy raros. No sabe él que hasta hoy se haya presentado un sólo caso de investigación de la paternidad tratándose de hijos incestuosos, pues el mismo Código Civil no cierra del todo las puertas a esa investigación. Pero para evitar esos casos rarísimos -continuó el señor Baudrit- no debe cometerse la injusticia de mantener la situación actual que priva de conocimiento voluntario y judicial, -con excepción muy limitada- a los hijos adulterinos también. Las puertas del reconocimiento y de la investigación deben abrirse. La moción lo permite, por eso la votará.

El Diputado GONZALEZ FLORES citó concretamente varios casos que demuestran la tragedia de los hijos naturales, uno de los problemas más graves que confronta el país.

El Diputado CHACON JINESTA nuevamente intervino en el debate para apoyar la moción del señor González Flores. Nada gana el hijo natural con que la Constitución establezca los derechos y obligaciones de los padres para con ellos -dijo- si no se les faculta para investigar su paternidad. Si realmente se desea garantizar a los hijos naturales, lo propio es establecer la facultad de éstos para investigar su paternidad, lo que, de acuerdo con nuestra legislación, les está vedado. Añadió que también defendía el derecho de los hijos incestuosos a investigar su paternidad. Para evitar el escándalo en casos de excepción, se les van a cerrar las puertas a los hijos adulterinos que constituyen -según las estadísticas- la tercera parte de los niños que nacen en Costa Rica. Lo fundamental es que los hijos adulterinos puedan investigar su paternidad, para que sus padres cumplan sus obligaciones.

El Diputado VARGAS FERNANDEZ apuntó una contradicción en la moción, ya que se establece que los padres tienen para con los hijos fuera del matrimonio las mismas obligaciones que con los nacidos en él. Esto ya significa una discriminación entre los hijos. Luego, se establece la prohibición de toda calificación personal sobre la naturaleza de la filiación. Evidentemente hay una contradicción. Agregó seguidamente que estaba de acuerdo en que se abrieran las puertas de la investigación de la paternidad al hijo, ya fuera adulterino o incestuoso. En los casos de hijos incestuosos se habla de escándalo, pero -preguntó- ¿a quién cabe la responsabilidad por tales hechos vergonzosos? ¿Al padre? ¿Al hijo? Que la ley condene a los responsables, a los que trajeron al mundo un hijo incestuoso, y no condenar al inocente a la vergüenza y al abandono. Que los padres que traen un hijo al mundo- cualquiera que éste sea- asuman sus propias responsabilidades.

El Representante LEIVA pidió que constara su voto afirmativo a la moción desechada del compañero Chacón y a la que está en debate. Añadió que a su juicio el canon constitucional no hacía discriminaciones, como lo había dicho el señor Vargas Fernández, sino que se refería a un hecho natural, cual es el de la existencia de los hijos habidos dentro y fuera del matrimonio. El Diputado TREJOS calificó la moción de peligrosa, ya que viene a establecer la libre investigación de la paternidad, lo que se prestará a abusos incontables, además de falsear la base del matrimonio.

El Representante ARROYO explicó los casos que, de acuerdo con nuestro Código Civil, cabe la investigación de la paternidad.

Sometida a votación la primera parte de la moción del señor González Flores, fue aprobada.

En consecuencia, el artículo 57 se leerá:

“Los padres tienen para con sus hijos fuera del matrimonio las mismas obligaciones que con los nacidos en él. Todo niño tiene derecho a saber quiénes son sus padres de acuerdo con la ley”. [53]

Se discutió luego la segunda parte de la moción. La Mesa consultó a la Asamblea acerca del trámite de la misma, ya que ese concepto fue desechado en la moción original de los señores Trejos, González Flores, Esquivel y Desanti.

La Cámara acordó dar curso a la moción. Puesta a votación la moción del señor González Flores, fue aprobada. En consecuencia, el artículo 58 se leerá:

“Se prohíbe toda calificación personal sobre la naturaleza de la filiación”. [54]

Los señores Trejos, González Flores, Esquivel y Desanti presentaron moción para que el artículo siguiente se lea así:

“La protección integral de la madre y del menor estará a cargo de una institución permanente, denominada Patronato Nacional de la Infancia, con esfera de acción propia y dotada de las rentas necesarias para el cumplimiento de su función social”. [55]

El Representante GONZALEZ FLORES explicó brevemente los alcances y propósitos de la moción anterior. Se trata -dijo- de defender el Patronato Nacional de la Infancia de toda influencia política, dotándolo de esfera de acción propia y de las rentas necesarias, a efecto de que cumpla a cabalidad su misión social. No pretende que la autonomía sea absoluta, por lo que no se niega a una fiscalización adecuada de los fondos del Patronato. Tampoco pretende acabar con las otras instituciones dedicadas al cuidado de la madre y del niño. Pero estas instituciones son de carácter unilateral, es decir, se dedican a un sólo aspecto del problema, mientras que la labor del Patronato ha de estar encaminada a la protección integral de la madre y del menor. El interés que persiguen es el de servirse de las distintas instituciones dedicadas en el país al cuidado del niño y de la madre.

El Representante GUZMAN indicó que no estaba de acuerdo con la moción planteada en los términos amplios como la propuesta, aún cuando era de los primeros en reconocer los méritos del señor González Flores, que ha dedicado largos años de su vida al Patronato Nacional de la Infancia. No está de acuerdo en hacer del Patronato una institución autónoma, dedicada a la protección integral de la madre y del niño, cuando actualmente una serie de instituciones estatales y privadas se dedican a esta labor fundamental. Una sola institución, por más bien dotada que se encuentre, por mejor organizada y dirigida que esté, no puede dar una protección integral a la madre y al niño.

Forzosamente ha de tratarse de una serie de instituciones, cada una dedicada a un aspecto diferente. En lo que se refiere a la madre, se la debe cuidar y proteger durante su estado prenatal, natal y post-natal. De ahí que lógicamente debe existir una institución o varias instituciones dedicadas a la protección de la madre durante sus diferentes períodos. Lo mismo sucede con el niño. Existen en relación con el niño, además, los dispensarios y los centros de nutrición que lo van a cuidar durante sus primeros años. En consecuencia, también es imposible que una sola institución pueda abarcar toda esta clase de actividades con respecto al niño. Añadió que lo apropiado era organizar en una forma más adecuada y sincronizar toda esa serie de instituciones existentes -tanto del Estado como privadas- dedicadas al cuidado y protección de la madre y del niño carentes de recursos. Si se llegan a coordinar, por ejemplo, los servicios sociales del Patronato, con los médicos de las otras instituciones, la protección a la madre y al niño estará más garantizada.

El Diputado GONZALEZ FLORES piensa que el problema planteado se puede subsanar me- diante la supresión del término “integral “del texto de su moción. Luego explicó que la labor de protección al niño que lleva a cabo el Patronato Nacional de la Infancia se realiza a través de una serie de diferentes instituciones, tanto del Estado como particulares.

El Representante FACIO manifestó que desearía darle el voto a la moción propuesta, porque bien lo merecen así don Luis Felipe González y demás compañeros del Patronato por sus esfuerzos y dedicación a la noble tarea de proteger al niño costarricense. Sin embargo, las razones expuestas por el Dr. Guzmán lo afirman en su tesis de que no es posible que una sola institución englobe todas las actividades encaminadas hacia una protección efectiva de la madre y del niño. Agregó que tampoco estimaba conveniente incluir en la Constitución nombres propios de instituciones, salvo de aquellas que tienen un papel específico dentro del engranaje de la Administración Pública, como la Asamblea Legislativa, Contraloría General de la República, etc. Precisamente fue ese el criterio seguido por la Comisión Redactora del Proyecto del 49.

Por avanzada la hora, y habiendo quedado en el uso de la palabra el Diputado Montealegre, el señor Presidente suspendió la sesión a las dieciocho y cuarenta y cinco de la noche.- Marcial Rodríguez Conejo, Presidente.- Fernando Vargas Fernández, Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz Martín, Segundo Secretario.