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ACTA No. 4

Actas constituyente 1949

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Actas Asamblea Nacional Constituyente
ACTA No. 4

Nº 4.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente el diecinueve de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, a las tres hora y treinta minutos de la tarde, bajo la presidencia del Doctor Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados Vargas Fernández y Ortiz Martín, Secretarios; Vargas Vargas, Vargas Castro, Volio Sancho, Herrero, Ruiz, Dobles Segreda, González Flores, Guido, Madrigal Jochs, Desanti, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Brenes Mata, Jiménez Ortiz, Arias Bonilla, Volio Jiménez, Trejos Quirós, Pinto Echeverría, Monge Ramírez, Esquivel Fernández, Jiménez Núñez, Solórzano, Arroyo, Gamboa, González Luján, Baudrit González, Gómez Rojas, Zeledón Brenes, Oreamuno, Baudrit Solera, Montiel, Leiva, González Herrán, Facio; y los suplentes Monge Alfaro y Lobo García.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- Lectura de la correspondencia:

a) Carta del Concejo Municipal de Orotina a la Asamblea Nacional Constituyente, solicitando muy respetuosamente a este alto organismo la inclusión en la nueva Carta Magna de la autonomía del régimen municipal.

Artículo 3º.- El señor Presidente pone en conocimiento de la Asamblea la sensible noticia del fallecimiento del Diputado suplente, Profesor don Federico Salas Carvajal, ocurrido esta mañana en San Ramón. Como fue imposible la asistencia de la Asamblea a los funerales del compañero fallecido, el señor Presidente rogó al Diputado Valverde Vega para que en representación de la Cámara, concurriera al entierro. Posteriormente sometió a la aprobación de la Asamblea los nombres de los Representantes Valverde Vega y Monge Ramírez para que expresaran a los parientes del compañero fallecido el pésame de la Asamblea.

Artículo 4º.- Se pasó a la discusión del Proyecto de Reglamento Interno de la Asamblea. La Secretaría ruega, a los que han presentado mociones de reforma sobre cualquier punto del Reglamento, recordarlo conforme vaya leyéndose el Proyecto, ya que son numerosas las que se han presentado y se podría omitir la lectura de alguna. Se pasó a la discusión del artículo 1º, del Capítulo I, que trata del Directorio. Como no se presentó ninguna moción sobre este artículo, se aprobó la redacción original. En consecuencia, dicho artículo se leerá: “Artículo 1º.- El Directorio de la Asamblea se compone de un Presidente y dos Secretarios, con la denominación de 1º y 2º”.

Artículo 5º.- Se pasó al artículo 2º del mismo capítulo. El Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ presentó moción en el sentido de suprimir el término 1º y 2º incluido en el paréntesis, y se aprobó. El artículo 2º del Capítulo I se leerá: “Habrá también dos Vicepresidentes y dos Prosecretarios que reemplazarán, respectivamente en sus faltas temporales, al Presidente y Secretarios; en ausencia de los Vicepresidentes, presidirá el Primer Secretario, y en ese mismo orden serán suplidos todos los miembros del Directorio, en sus faltas temporales”.

Artículo 6º.- Se pasó a la discusión del artículo 3º del mismo Capítulo I. Los Representantes Madrigal Jochs, Montiel y Guido presentaron la siguiente moción, para que este artículo quede redactado así: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo que dure la misma”. El Diputado ESQUIVEL propone un cambio en la redacción, y que se diga: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo que esté reunida la misma. El Representante Guido propone que, en lugar de “reunida la misma”, se redacte: “por todo el tiempo que sesione la misma”. ORTIZ MARTIN para que se diga, en lugar de “sesione”, el término “reunida”; VOLIO SANCHO propone la fórmula siguiente: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo mientras la Asamblea no se disuelva”. El Representante ORTIZ no se manifestó de acuerdo con el término disolver, que puede prestarse a diversas interpretaciones, ya que podría existir disolución de hecho y no de derecho. ESQUIVEL FERNANDEZ se mostró solidario con las palabras del Diputado Ortiz y propone, en lugar de la redacción anterior, la siguiente: “Mientras la Asamblea no clausure sus sesiones”. Los autores de la moción aceptan la modificación propuesta por Esquivel Fernández. El Representante ACOSTA JIMENEZ manifestó que, en su concepto, sobra el término “definitivo “dado al Directorio, pues se entiende que no será provisional. VARGAS FERNANDEZ cree que la fórmula original de la moción es buena, con sólo cambiar la redacción en la forma siguiente: “El Directorio definitivo de esta Asamblea Nacional Constituyente actuará por todo el tiempo que esté sesionando la misma”. Dobles Segreda propone la fórmula siguiente: “El Directorio durará mientras dure la Asamblea”. El Diputado ARROYO sí cree que es necesario el término “definitivo “en la redacción final, y deberá decirse: “El Directorio definitivo durará lo que dure la Asamblea”. El Diputado GAMBOA RODRIGUEZ considera que el artículo en discusión no tienen razón de ser, pues se entiende que mientras esté reunida la Asamblea tendrá que actuar el Directorio: SOLORZANO propone un nuevo cambio de redacción y opina que deberá leerse: “El término de duración del Directorio será el mismo de la Asamblea”. No cree necesario el término definitivo, pues hay en el Proyecto un Capítulo II que habla expresamente del Directorio Provisional. El Representante MADRIGAL, de acuerdo con los otros dos autores de la moción original, acepta la fórmula propuesta por Solórzano. El Diputado VOLIO SANCHO hace uso de la palabra para manifestar que, en su opinión, se está perdiendo el tiempo en minucias de redacción, cuando hay muchos asuntos de vital interés que la Asamblea deberá conocer. Propone a la Mesa una fórmula distinta para encarrilar la discusión del Reglamento, que consiste en la lectura de los diferentes artículos tal y como se ha venido haciendo, con la diferencia de que las objeciones fundamentales, de fondo, serán discutidas y votadas. En cuanto a las diferencias de simple redacción, que no afectan medularmente al Reglamento, deberán ser corregidas por una comisión especial nombrada por la cámara. El Diputado ARROYO estima que, lejos de ganarse tiempo con esta fórmula, se pierde lamentablemente. Por eso está con el sistema que se ha venido empleando. Tampoco el Diputado ORTIZ está de acuerdo con la moción de VOLIO SANCHO, ya que es muy difícil poder discernir cuáles son las objeciones fundamentales y cuáles las elementales, de simple redacción, pues el Reglamento es un conjunto de reglas. El Presidente somete a votación la moción de Volio Sancho, la cual es desechada. Agotada la discusión en torno al artículo 3º del Capítulo I, se acuerda la siguiente redacción del mismo, propuesta por el Diputado Solórzano y aceptada por los autores de la moción original: “El término de duración del Directorio será el mismo de la Asamblea”.

Artículo 7º.- Se aprobó la redacción original del artículo 4º, incisos 1) y 2) del Capítulo I del Proyecto de Reglamento. En consecuencia, se leerá:

“Artículo 4º.- Son atribuciones del Directorio:
1) Cuidar del orden interior, económico y administrativo; y 2) Nombrar y remover libremente a los empleados que se necesiten para el buen servicio de la Asamblea y su Secretaría”.

Artículo 8º.- Se pasó a la discusión del Capítulo II del Proyecto de Reglamento. El Representante ESQUIVEL FERNANDEZ propone que se aprueben en conjunto los distintos artículos de este Capítulo, por tratarse de hechos consumados. Pero en vista de que existe una moción del Diputado Montiel referente al artículo 6º, inciso 4), que cambia la redacción original por la siguiente: “Presidir y dirigir la elección del Directorio definitivo, si para ello hubiere por lo menos la concurrencia de las dos terceras parte de los miembros de la Asamblea”. La segunda moción se refiere al artículo 7º del mismo Capítulo, y dice así: “Para que se agregue después de la palabra presente: “por lo menos”. El Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ ruega a los autores de las dos mociones, retirarlas, para abreviar la discusión, propuesta que aceptan los Representantes Montiel, Guido y Madrigal. El Representante VOLIO SANCHO, aun cuando estima que todo el Capítulo II se refiere a hechos pasados, cree que debe cambiarse la redacción del artículo 8º, por cuanto se comete una grave equivocación, ya que actualmente no existe Poder Ejecutivo ni Poder Judicial. De lo que se trata es de la Junta Fundadora de la Segunda República y de la Corte Suprema de Justicia. La moción de Volio Sancho es aprobada. En consecuencia, el mencionado artículo se leerá: “La instalación y apertura de las sesiones, lo mismo que la elección del Directorio, se comunicará a la Junta Fundadora de la Segunda República y a la Corte Suprema de Justicia”. Los otros artículos e incisos del Capítulo II se aprueban en su redacción original.

Artículo 9º.- Se pasó luego a la discusión del Capítulo III, que se refiere al Presidente. Se aprueban, tal y como aparecen en el Proyecto de Reglamento, los incisos 1), 2) y 3). Referente al inciso 4) del mismo Capítulo, se leyó la siguiente moción de los Diputados Montiel, Guido y Madrigal: “Conceder la palabra a los Diputados por el orden en que la pidan, salvo que se trate de moción de orden, en cuyo caso se concederá la palabra al solicitante inmediatamente”. El Representante ARROYO estima que es más lógico incluir este inciso en el Capítulo referente a las atribuciones de los Diputados y no del Presidente. El Representante VOLIO SANCHO, por el contrario, cree que es el Directorio el llamado a conceder el uso de la palabra, tal y como está en la moción de Montiel, Madrigal y Guido. El Diputado DOBLES SEGREDA piensa que la redacción de la moción se puede corregir para evitar algunas repeticiones, lo que aceptan los autores de la misma. GONZALEZ HERRAN manifiesta que el término “inmediatamente“ puede dar cabida a torcidas interpretaciones, por lo que propone la siguiente redacción: “Conceder la palabra a los Diputados por el orden en que la pidan, salvo que se trate de moción de orden, en cuyo caso se le concederá al solicitante inmediatamente o después que hubiere terminado en el uso de la palabra quien en ese momento la tuviere”. VARGAS FERNANDEZ opina que se puede suprimir la “o “antepuesta al término “después”, según la redacción dada por el Representante González Herrán. MADRIGAL y DOBLES SEGREDA manifiestan que no debe suprimirse esa proposición, por cuanto se puede presentar el caso de interrumpir un orador, cuando su discurso se alargue demasiado o cuando el Diputado se está desviando del tema en discusión. El Representante VARGAS FERNANDEZ manifiesta que a un Diputado no se le puede cortar su discurso y que, en su concepto, la moción de orden es para interrumpir un debate y no a un diputado. MONTIEL, GUIDO y ARROYO están con la tesis expuesta por Vargas Fernández. El Diputado VARGAS VARGAS hace uso de la palabra para manifestarse en desacuerdo con la tesis del Profesor Dobles Segreda, pues un Representante, al deber su elección al pueblo, está con el derecho de hablar cuantas veces quiera y nunca se le podrá impedir que continúe su discurso. Es cierto que se le puede llamar la atención a un Diputado si falta al respeto a la Asamblea u ofende con sus palabras, pero no prohibirle continuar en el uso de la palabra. ORTIZ MARTIN opina que la moción de orden no significa la interrupción del discurso de un diputado, o la restricción del uso de la palabra a los señores Representantes, sino una cuestión de prelación para hablar antes de los que la hayan pedido. VARGAS CASTRO pide que se suprima la “o “para evitar que se alargue la discusión innecesaria. Sometida a votación la moción de los señores Montiel, Guido y Madrigal, con las modificaciones del Representante González Herrán, es desechada. El Diputado VARGAS FERNANDEZ pide que se vote la moción redactada en la forma siguiente: “Conceder la palabra a los Diputados conforme la soliciten, salvo que se trate de moción de orden, en cuyo caso se le concederá al solicitante inmediatamente después que hubiere terminado en el uso de la palabra quien en ese momento la tuviere”. La fórmula propuesta anteriormente es aprobada.

Artículo 10.- El Diputado VOLIO SANCHO modifica la redacción original del inciso 2) del artículo 9º, en la siguiente forma: “Nombrar las Comisiones a que se refiere el artículo 16”, ya que el Proyecto habla en su artículo 15 de una Comisión Especial elegida por la Asamblea, la que dictaminará sobre el Proyecto de Constitución Política que habrá de someterse a la consideración de la misma. Sometida a votación la moción del Represente Volio, es aprobada. En consecuencia, el inciso 2) del artículo 9º quedará redactado en la forma propuesta por el Diputado Volio Sancho.

Artículo 11.- Se aprueba la redacción original del inciso 5) del artículo 9º.

Artículo 12.- La Mesa somete a la discusión el inciso 6) del artículo 9º. El Representante ACOSTA JIMENEZ propone un cambio en la redacción: “Conceder licencia a los Diputados para dejar de asistir a las sesiones por justa causa, hasta por tres días en cada mes”. VARGAS CASTRO manifiesta que el lapso de tres días es impropio, pues hay que pensar en los Diputados que viven lejos de San José, en la provincia del Guanacaste, por ejemplo, y pide al señor Acosta Jiménez que amplíe el término a cinco días, lo que acepta este último. El Diputado ORTIZ piensa que cinco días es demasiado, que tres es un buen margen de tolerancia para dejar de asistir a las sesiones durante el mes. HERRERO también se manifiesta de acuerdo con los tres días, pues -dice-, se ha presentado a la Mesa una moción para no sesionar los sábados. MADRIGAL pide que se vote primero la redacción del inciso y luego lo referente al término de permiso. ORTIZ contesta que no se puede votar un artículo suprimiéndole una palabra que es su propia esencia. El Presidente somete a votación la moción del Diputado Acosta, con la modificación sugerida por el Representante Vargas Castro, la cual es desechada. Luego se vota la redacción original del inciso 6), sugerida al principio por el Diputado Acosta, la que es aprobada. En consecuencia, el inciso 6) del artículo 9º se leerá: “Conceder licencia a los Diputados para dejar de asistir a las sesiones por justa causa, hasta por tres días en cada mes”.

Artículo 13.- Son aprobados los incisos 7) y 8) del artículo 9º, tal y como están redactados en el Proyecto original.

Artículo 14.- Se pasó luego a la discusión del inciso 9) del artículo 9º. EL Diputado HERRERO manifestó que en su opinión este inciso debería pasar a las atribuciones del Directorio y no del Presidente. Sugiere entonces que se traslade como inciso 3) del artículo 4º. El Diputado ACOSTA JIMENEZ está en desacuerdo con esta modificación, pues estima que el cambio significa considerar incapaz al Presidente para ordenar el desalojamiento de las barras cuando se promuevan escándalos. El Diputado ORTIZ tampoco está de acuerdo con la tesis del Representante Herrero, pues estima que el Presidente, como director de los debates parlamentarios, es el llamado a ordenar lo que manda el mencionado inciso. Sometida por la Mesa a votación la moción del Diputado Herrero, es desechada. En consecuencia, el inciso 9) del artículo 9º, en su redacción original, estará incluido en las atribuciones del Presidente y no en las del Directorio, como proponía el Diputado Herrero.

Artículo 15.- Se aprobó la redacción original del inciso 10) del artículo 9º.

Artículo 16.- Se pasó a la discusión del inciso 11) del artículo 9º. El Diputado VARGAS FERNANDEZ propone la siguiente moción: “Siempre que un Diputado solicitare permiso por escrito para no asistir a una o más sesiones, llamar al suplente que deba sustituirlo. Si después de veinte minutos de iniciada la sesión permaneciere vacante el asiento de un Diputado sin licencia para no asistir, podrá ser ocupado por el respectivo suplente por el resto de la sesión. En este caso la dieta corresponderá al Diputado suplente”.

El Representante HERRERO hace uso de la palabra para manifestar que, en su concepto, el mencionado inciso consta de tres partes diferentes: a) la que se refiere a cuando un diputado ha solicitado permiso para no asistir a una o más sesiones; b) la que se refiere al término después de iniciada la sesión para que el suplente sea llamado a suplir la falta del propietario; y c) la que se refiere a la dieta. Con respecto a la primera y a la tercera partes, está de acuerdo con lo señalado en el texto original del mencionado inciso. Difiere en la parte segunda, pues estima que a un Diputado suplente, una vez ocupado su puesto, no se le puede desalojar del recinto por ningún concepto. Tampoco está de acuerdo con el plazo fijado de media hora para que haga su ingreso al Salón el suplente. Si al final de la lectura del acta no se ha presentado el Diputado propietario, entonces el Presidente podrá llamar al respectivo suplente. El Representante ARROYO defiende el derecho de lo suplentes a ocupar su curul, sin perjuicio de que puedan ser desalojados, una vez presentes los propietarios. Además, la dieta debe corresponder al suplente si ha asistido a la sesión. El Representante VARGAS VARGAS manifiesta que en cuanto a la dieta es cuestión de que el Reglamento lo disponga, pero que sí no está de acuerdo con la tesis de que el suplente no puede ser desalojado de su asiento, una vez que el propietario haya ingresado al recinto. Se refiere el Diputado Vargas al caso personal suyo, sin suplente, debido a maniobras no muy claras que se esgrimieron contra su partido a la hora de señalar los Diputados electos. El propietario tiene siempre el derecho de ocupar su asiento, aunque haya llegado tarde a la sesión. El Representante ARROYO vuelve a intervenir en el debate para defender la posición de los Diputados suplentes. El Diputado ORTIZ manifiesta que lo de la dieta es cuestión disciplinaria, pero que no debe impedirse la entrada del propietario al recinto parlamentario. Está bien que se le castigue asignándole la dieta al suplente, pero que no se le prohíba asistir a las sesiones porque haya llegado tarde, ya que son muchas las razones que podrían impedirle al Diputado asistir a su debido tiempo a las sesiones. El Diputado ARROYO insiste en que es injusto desalojar a un suplente del recinto, lo que significa una ofensa. VARGAS FERNANDEZ también vuelve a defender el derecho de los suplentes de ocupar sus puestos por todo el término de las sesiones, si los propietarios han llegado después de la hora reglamentaria. El Representante ORTIZ se refiere a los conceptos emitidos por el señor Arroyo y propone la tesis de que los suplentes podrán permanecer en el Salón, a la llegada de sus respectivos propietarios, con voz pero no con el derecho del voto. El Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ hace uso de la palabra para manifestar que no desea que sus palabras se interpreten propias de su caso personal, ya que él ocupa una curul por ausencia del Diputado Vargas Pacheco. Sin embargo, esto no lo inhibe para apoyar la tesis del Diputado Vargas Fernández, de que es injusto hacer abandonar a un suplente el recinto parlamentario. El Representante ARROYO se manifiesta nuevamente en defensa de los derechos del suplente a ocupar por el término de la sesión su lugar, ya que es tan Diputado como el propietario. El Diputado SOLORZANO presenta una moción en el sentido de que no podrá ser desalojado el suplente de su puesto, devengando la dieta correspondiente. HERRERO, aunque está de acuerdo con el derecho del suplente a ocupar su curul, manifiesta de nuevo su opinión en el sentido de que el suplente ingresará al Salón de Sesiones una vez terminada de leer el acta. El Diputado LEIVA estima que el asunto está lo suficientemente discutido y que debe votarse la moción de Vargas Fernández. En consecuencia, se vota la moción del Diputado Vargas Fernández, con la enmienda en cuanto a la hora- enmienda que acepta el autor de la moción-. Se aprueba la moción del Representante Vargas Fernández. Así, pues, el inciso 11) del artículo 9º se leerá: “Siempre que un Diputado solicitase permiso por escrito para no asistir a una o más sesiones, llamar al suplente que deba sustituirlo.

a) Si después de media hora de iniciada la sesión permaneciere vacante el asiento de un Diputado sin licencia para no asistir, podrá ser ocupado por el respectivo suplente por el resto de la sesión. En este caso, la dieta corresponderá al Diputado suplente”.

A las dieciocho horas terminó la sesión.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

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