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ACTA No. 8

Actas constituyente 1949

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Actas Asamblea Nacional Constituyente
ACTA No. 9

Nº 8.- Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Asamblea Nacional Constituyente, a las quince horas y treinta minutos del día veinticinco de enero de mil novecientos cuarenta y nueve, bajo la Presidencia del Doctor Marcial Rodríguez. Presentes los señores Diputados: Leiva, Ruiz, Valverde, Herrero, Volio Sancho, Volio Jiménez, Brenes Mata, Facio, Esquivel, Baudrit González, Baudrit Solera, Arias, Guido, Vargas Castro, Vargas Vargas, Vargas Fernández, Arroyo, Montiel, Dobles, Pinto, González Luján, González Flores, González Herrán, Acosta Jiménez, Acosta Piepper, Ortiz, Sotela, Jiménez Núñez, Jiménez Ortiz, Zeledón, Gamboa, Solórzano, Madrigal, Trejos, Gómez, Guzmán, Monge Ramírez y los suplentes Castaing, Jiménez Quesada, Monge Alfaro, Rojas Espinoza, Morúa, Elizondo y Rojas Vargas.

Artículo 1º.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión anterior.

Artículo 2º.- El representante VOLIO SANCHO presentó la siguiente moción de revisión: “Para revisar el acuerdo de la sesión anterior, que aprobó la redacción propuesta por el señor Arroyo en cuanto al inciso 2), artículo 14 del Proyecto de Reglamento. “Al pedir la revisión de este acuerdo -manifestó el Diputado Volio Sancho-, lo hago por considerarlo perjudicial a la deliberación de la Asamblea, ya que según la redacción original aprobada se estipula que los decretos, acuerdos o resoluciones de la Asamblea sólo podrán reverse una vez. Si aceptamos esta tesis a la hora del estudio del proyecto de Constitución Política que en breve será sometido a nuestra consideración, tropezaremos con serias dificultades, ya que en muchas ocasiones tendremos que volver atrás, para rever varias veces una misma disposición aprobada. La revisión que pido, es para suprimir la expresión “por una sola vez”, que aparece en la redacción del inciso aprobado”.

El Diputado GONZALEZ HERRAN, aunque se manifestó en principio de acuerdo con la moción de revisión planteada por el señor Volio Sancho, expresó que en su concepto debería hacerse una distinción entre el Proyecto de Constitución Política, que en breve discutirá la Asamblea, y los otros asuntos que le serán sometidos. “La tesis manifestada por el señor Volio la acepto siempre y cuando se refiera a la discusión solamente del Proyecto de Constitución Política”. El Diputado ARIAS BONILLA se manifestó de acuerdo con la tesis del señor Volio Sancho. “Propongo que el mismo Representante Volio redacte este artículo con el objeto de que armonice con el artículo 44 que se refiere a las discusiones de la Cámara”. El Diputado Arroyo expresó que no estaba de acuerdo con la moción de revisión planteada por el señor Volio Sancho, por cuanto el artículo 29 del Proyecto de Reglamento deja la posibilidad de sugerir cualquier reforma que se considere necesaria en el momento de votar definitivamente el Proyecto de Reglamento. La Mesa sometió a votación la moción de revisión del Representante Volio Sancho, la cual fue aprobada.

El Diputado VOLIO SANCHO volvió a hacer uso de la palabra para defender su tesis ya que el debate sobre la misma quedó abierto al aprobarse la moción de revisión. En torno a este asun- to se suscitaron largas discusiones, en las que participaron los Representantes: Volio Sancho, González Herrán, Leiva, Arroyo, Volio Jiménez, Arias y Baudrit Solera, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta. Antes de someterse a votación la moción planteada por el Diputado Volio Sancho, éste aceptó una modificación de la misma, en el sentido de que el Directorio nombrara una Comisión especial, para proponer una nueva redacción, del inciso 2), artículo 14 del Proyecto de Reglamento, que tome en cuenta las ideas expuestas por los señores Representantes al respecto y sugiera la mejor redacción de otras disposiciones conexas. Sometida a votación, la moción del señor Volio Sancho, con las modificaciones anteriormente anotadas, se aprobó. En consecuencia, el Directorio procedió al nombramiento de esa comisión la cual quedó integrada en la siguiente forma: Volio Sancho, Arias Bonilla, González Herrán, Arroyo y Baudrit Solera.

Artículo 3º.- El Representante GONZALEZ HERRAN planteó revisión del inciso 3), artículo 14, aprobado en la sesión anterior con el objeto de suprimir del mismo, la expresión “en ejercicio de sus atribuciones. “Sometida a votación la moción de revisión planteada por el señor González Herrán, fue aprobada. Para obviar la discusión el Diputado GONZALEZ HERRAN propone que en lugar de atribuciones se diga funciones. Puesta a votación la moción de éste, fue aprobada. En consecuencia el inciso 3), artículo 14 del Proyecto de Reglamento, se leerá: “Llamar al orden al Presidente, cada vez que en el ejercicio de sus funciones se separe de las disposiciones de este Reglamento”.

Artículo 4º.- El Representante PINTO ECHEVERRIA presentó la siguiente moción: “Aumentar un Capítulo después del 5º que se titule ‘Los suplentes’. Artículo 15.- Son deberes de los suplentes: 1) Asistir a las sesiones sin voz ni voto. 2) Reemplazar a los propietarios en sus ausencias. “El objeto de mi moción, expresó el Doctor Pinto, es sumar al trabajo de la Asamblea, el criterio de los señores suplentes, que tengan los mismos deberes que los Diputados, que si no asisten a las sesiones, se les rebaje su sueldo, tal y como se hace con los propietarios”. La moción del señor Pinto provocó una larga discusión, en la que participaron los Representantes Ortiz, Volio Sancho, González Herrán, Esquivel, Arroyo, Solórzano, Zeledón y Morúa, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta.

Sometida a votación la moción del Diputado Pinto, fue aprobada.

Artículo 5º.- El Representante CHACON JINESTA propuso la siguiente moción: “Que al artículo 15 propuesto por el Doctor Fernando Pinto, se agregue un inciso 3) que diga: “Los Diputados suplentes que hayan propuesto una moción en la sesión en que esté actuando como propietario, si aquella no llega a ser votada en la sesión en que se propuso, tendrán derecho a hacer uso de la palabra, aunque no sustituyan a un propietario, en todas las siguientes sesiones en que se discuta su moción hasta que sea definitivamente votada”.

Puesta a votación la moción del Diputado Chacón Jinesta, fue aprobada.

Artículo 6º.- El Diputado ARROYO BLANCO propuso la siguiente moción para que se agregue un inciso 5) que diga: Artículo 16: “Los suplentes obligados a asistir a todas las sesiones, ganarán sueldo igual a los Diputados propietarios”.

El Representante VARGAS CASTRO manifestó que no se puede obligar a los suplentes a asistir a las sesiones, sin saber qué sueldo se les va a fijar. “¿Cómo obligar por ejemplo, a don Rubén Venegas, de Guanacaste, o al señor Lee, de Puntarenas, a asistir a sesiones? Me parece una desconsideración la que estamos cometiendo con estos señores”. El Diputado SOLORZANO expresó que no iba a dar su voto a la moción de Arroyo, por cuanto estaba en contradicción con lo acordado por la Asamblea acerca de los sueldos de los Diputados, pues se remitió a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los mismos. El Representante HERRERO dijo que si a los suplentes se les exigía asistir a todas las sesiones, deberían devengar los mismos sueldos que los propietarios. La moción del señor Arroyo fue objeto, además, de largas intervenciones de los Representantes Jiménez Quesada, Sotela, Rojas Espinoza, Ruiz, Herrero, Leiva, Pinto y Chacón Jinesta, cuyas versiones taquigráficas aparecen al pie del acta. Puesta a votación la moción del señor Arroyo, fue desechada.

Artículo 7º.- El Representante SOLORZANO presentó la siguiente moción: “Considerando que el ex-Presidente Licenciado don León Cortés Castro fue el primer hombre público que logró aglutinar en un solo haz de voluntades a los ciudadanos costarricenses que luchaban por el derrumbamiento del régimen recientemente depuesto, con miras a devolver a Costa Rica su vida institucional democrática;

Que el Licenciado Cortés halló la muerte prematura en su afán patriótico de dignificar a la República y que legó a sus conciudadanos una opinión pública suficientemente fortalecida y con propósitos inquebrantables de llevar hasta el sacrificio de sus ansias de renovación nacional;

Que el propio Presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República don José Figueres, reconoció en su mensaje a esta Asamblea Nacional Constituyente que era de justicia realizar un homenaje póstumo de desagravio a la memoria del gran Caudillo desaparecido. Siendo así que en la conciencia de la gran mayoría de los costarricenses está la evidencia de que el Licenciado Cortés Castro fue popularmente electo Presidente de Costa Rica el 13 de febrero de 1944, y que el mandato que el pueblo le dió en esa fecha, le fue burlado por el gobierno de entonces mediante el fraude y la violencia;

Que las excelsas virtudes cívicas de ese ex-Presidente lo hacen acreedor al Benemeritazgo, el máximo honor que la ciudadanía de Costa Rica confiere a sus hombres distinguidos,

Por tanto,

LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE ACUERDA:

Formular atenta excitativa a la Junta Fundadora de la Segunda República, para que se declare al ilustre ex-Presidente don León Cortés Castro, “Benemérito de la Patria”.

El autor de la moción anterior, se dirigió a sus compañeros en la siguiente forma: “Señores Diputados: Tengo el honor de presentar la moción que acaba de ser leída por el señor Secretario. Creo haber interpretado en ella, los sentimientos de la gran mayoría del pueblo costarricense, que vió en León Cortés Castro al gran caudillo que se enfrentó por primera vez contra el régimen que acaba de caer. Yo pongo a la atención de esta ilustre Cámara esa moción, con la esperanza de que sabrá hacer justicia, aunque tarde, a la memoria del ilustre ciudadano León Cortés Castro”.

A las seis de la tarde terminó la sesión quedando en uso de la palabra el Representante Sotela Bonilla.- Marcial Rodríguez C., Presidente.- Fernando Vargas F., Primer Secretario.- Gonzalo Ortiz M., Segundo Secretario.

DISCURSOS sobre la Revisión

Diputado VOLIO SANCHO.- Señores Diputados: abierto como queda el debate en relación a la moción presentada por mí, quiero referirme rápidamente a lo dicho por el compañero González Herrán. En todo asunto que vaya a discutir la Asamblea, yo pido la más absoluta libertad, máxime si se trata del proyecto de Constitución Política. Es cierto que todas las otras materias que deberá conocer la Cámara no tienen la importancia de esta última, pero aún así, tratándose de asuntos de importancia secundaria, cabe la más amplia libertad de discusión, sin cerrar, de una manera absoluta, la puerta para que los Diputados pidan la revisión de lo acordado cuando lo estimaren pertinente. Es muy natural que los otros asuntos que no sean los referentes a la Constitución no tienen la misma importancia que ésta, pero siempre es necesario que exista la más absoluta libertad para que un asunto, cualquiera que éste sea, pueda ser revisado por la Asamblea las veces necesarias. En cuanto a las palabras del compañero Arroyo referentes al artículo 29 del proyecto de Reglamento, no existe contradicción alguna, ya que ésta disposición se refiere a que una vez aprobado el Proyecto de Constitución se pasa a una Comisión Coordinadora para que haga las enmiendas del caso y las correcciones necesarias, Este es un trabajo importante, el que no tuvimos tiempo de hacer los miembros de la Comisión Redactora del Proyecto de la Constitución. Creo -repito que de acuerdo con este criterio sustentado por mí, deben presentarse a la Asamblea todos los asuntos y discutirlos cuantas veces sea necesario, por lo que estimo conveniente suprimir la restricción que existe para pedir la revisión.

Diputado GONZALEZ HERRAN.- Yo soy del mismo criterio que el expresado por el compañero Volio Sancho referente a la libertad que debe existir en el seno de la Asamblea, para pedir la revisión de los acuerdos o resoluciones de la misma pero esa libertad debe restringirse únicamente al Proyecto de Constitución, pues en esta materia muchísimas veces tendremos que volver hacia atrás, antes de aprobar en definitiva el articulado, pero no todos los asuntos tienen el mismo carácter que éste. Si dejamos abierta la puerta para que la Asamblea pida revisión a cada rato, entonces los acuerdos nunca quedarán firmes, lo que no puede ser. La Asamblea debe dar sus acuerdos en una forma estable. Por eso, yo hago la diferencia entre el Proyecto de Constitución y los otros asuntos que deba conocer la Asamblea. En el primer caso, debe de existir la más absoluta libertad de revisión. En el segundo, de alguna manera hay que hacer para que los acuerdos, decretos o resoluciones de la Asamblea queden firmes al ser aprobados por la Cámara.

Diputado LEIVA.- Yo he encontrado que el Proyecto de Reglamento es sumamente restrictivo en lo que se refiere a la revisión. Por eso estoy de acuerdo con las ideas del señor Volio, al mismo tiempo que acojo la diferencia establecida por el compañero González Herrán, en cuanto a que en la discusión del Proyecto de Constitución Política, debe haber la mayor amplitud y libertad posibles. Para resolver esta cuestión, yo estaría de acuerdo con la sugerencia del estimable compañero Arias Bonilla, en el sentido de que se autorizara al señor Volio la redacción del capítulo referente al derecho de revisión.

Diputado VOLIO SANCHO.- Debo decir a mis compañeros que estaría de acuerdo en que todo este asunto del derecho de revisión pase, no a mí, sino a una Comisión Especial nombrada por el Directorio, para que en la próxima sesión proponga a la Cámara una fórmula que aceptemos todos. Agradezco la confianza que se me ha demostrado al pensar que yo debería formar parte de esa Comisión, pero como soy el autor de la moción, estimo que no debo formar parte de la misma.

Diputado ARIAS BONILLA.- Yo estoy de acuerdo con las ideas sustentadas por el señor Volio Sancho, pues nos va a ocurrir a menudo que en muchas ocasiones tengamos que volver atrás para rever un acuerdo o una resolución de la Asamblea. Por eso insisto en que se encargue al propio señor Volio la redacción definitiva de este asunto, para que en la próxima sesión nos presente él la nueva fórmula, que armonice bien con el artículo 44, que se refiere a las discusiones de la Cámara.

Diputado BAUDRIT SOLERA.- Señores Diputados: el Proyecto de Reglamento estaba bien claro en su forma original, pues en el inciso 2) del artículo 14 se dice que los Diputados tienen el derecho a pedir la revisión de las declaratorias, resoluciones y acuerdos de la Asamblea. Luego el artículo 43 determina la forma en que se puede pedir la revisión de una ley ya aprobada. Sin embargo, creo que este asunto puede pasar a una Comisión Especial para que someta a la consideración de la Asamblea una nueva fórmula que recoja las opiniones expresadas aquí. En cuanto al proyecto de Constitución, una vez aprobado éste, pasará a una Comisión Coordinadora, que le dará los últimos toques. Luego, cuando esta Comisión someta a conocimiento de la Cámara el Proyecto tal y como ha quedado, entonces los señores Diputados tendrán oportunidad de hacer uso del derecho de revisión.

DISCURSOS sobre la Moción del Doctor Pinto, referente a los Suplentes.

Diputado VOLIO SANCHO.- Señores Diputados: a mí me parece muy bien la moción presentada por el Doctor Pinto para agregar un nuevo capítulo sobre los suplentes, pero creo que deberían de hacerse diferencias entre los suplentes que viven en la Meseta Central y los que viven, por ejemplo, en las provincias de Guanacaste y Puntarenas, pues no veo la forma de exigir a estos últimos asistir a todas las sesiones. Yo creo que la idea del Doctor Pinto es muy buena y valdría la pena considerarla, pues viene a establecer una innovación en este capítulo sobre los suplentes. Creo que bien podríamos establecer una disposición de carácter facultativo, para que los suplentes puedan asistir a las sesiones, aún sin sustituir a un propietario, sin voz ni voto, para que de esta manera se compenetren de las labores de la Asamblea. Y cuando se tratara de conocer algún asunto de importancia, llamarlos. Sin embargo, repito, esto debe ser facultativo, es decir, que los suplentes vengan cuando ellos así lo estimen conveniente, sin forzarlos. En cuanto a los suplentes que viven cerca, estoy seguro que ellos vendrán casi todos los días.

Diputado GONZALEZ HERRAN.- El Doctor Pinto se basa en el hecho de que los suplentes tienen sueldo fijo y que no se justifica que lo devenguen sin asistir a las sesiones. Yo comprendo muy bien que para los que viven en la Meseta Central no significa un gran sacrificio asistir diariamente a las sesiones, pero para los que viven lejos sí representa un gran sacrificio estar presentes en todas las sesiones. Por eso yo le daría el voto a la moción del Doctor Pinto, si éste la odificara en el sentido de que los suplentes de provincia asistirán a las sesiones, cuando fueran llamados por el Directorio. Hay que considerar a los que viven en Limón, o en el Guanacaste. Yo apoyaría con mucho gusto la moción del Doctor Pinto si se tomara en cuenta esta consideración.

Diputado ESQUIVEL FERNANDEZ.- Señores Diputados: me parece también muy interesante la moción presentada por el Doctor Pinto. Pero nos olvidamos que la Asamblea ha sido electa por escala nacional y no provincial por lo que resultaría difícil señalar cuáles son los suplentes de provincia y cuales los de la Meseta Central. Yo daría mi voto a la moción en la forma original, sin esas modificaciones o diferencias entre suplentes de la Meseta y de las provincias. Si obligamos a venir a algunos, no podemos hacer salvedades con los que viven en Puntarenas y Guanacaste, por ejemplo. Como el objeto principal que persigue la moción en debate es que los suplentes se sumen a las labores de la Asamblea, le daré mi voto tal y como se ha presentado.

Diputado SOLORZANO GONZALEZ.- Me parece muy atinada y necesaria la moción del Doctor Pinto. Pero si nosotros obligamos a los suplentes a asistir y les buscamos un campo dentro del recinto, debemos también otorgarles el uso de la palabra, porque de lo contrario harían un papel muy parecido al de las barras, y esto no sería justo porque entre los suplentes hay algunos que tendrán interés en dar a conocer sus opiniones en bien de la Nación. Ruego, pues, que se haga la reforma del caso, para que si se obliga a los suplentes a asistir a las sesiones se les conceda los respectivos derechos.

Diputado ORTIZ MARTIN.- Creo que para aunar los distintos pareceres que se han expuesto aquí esta tarde, lo conveniente sería que en la moción del Doctor Pinto se dijera que los suplentes estarán obligados de asistir por lo menos durante veinte días al mes. En cuanto a lo que dice el Diputado Solórzano me parece muy grave, pues el pueblo eligió a 45 Constituyentes como sus Representantes, y nosotros de ninguna manera podemos alterar el número de Diputados dentro del recinto con el derecho de la palabra. El Decreto de Convocatoria de la Asamblea señala muy claramente el número de personas que integrarán la Constituyente. En cuanto a la situación de los señores suplentes que viven en Puntarenas y Guanacaste, creo que podría acordarse que sólo serían llamados cuando se traten de asuntos urgentes que requieren su presencia, y pido al Doctor Pinto que considere este caso. Advierto que la moción me gusta, pues los propósitos que persigue son sanos y no deseo que por causa de mi voto no vaya a prosperar esta moción; pido, pues, al estimable compañero Pinto, que agregue en su moción una frase que diga “salvo los que viven en las provincias de Puntarenas y Guanacaste”, para que, en esta forma, darle mi voto.

Diputado ARROYO BLANCO.- Aunque en principio me gusta la moción del Doctor Pinto, sugiero a éste que la modifique en el sentido de que los suplentes estarán en la obligación de asistir por lo menos a la tercera parte de las sesiones durante el mes y que el Directorio se sirva designar a los suplentes las sesiones a las que están obligados a concurrir. Diputado ZELEDON BRENES.- Simplemente para decir que voy a votar íntegramente la moción del Doctor Pinto, por considerarla saludable y beneficiosa para las futuras labores de la Asamblea. De ninguna manera se justifica la existencia de “botellas”, uno de los cánceres del viejo régimen. Ahora bien, si vamos a exigir a los suplentes asistir a todas las sesiones, lógicamente debemos equiparar los sueldos de éstos al de los propietarios. Si así se hicieran las cosas, pues no habría ningún inconveniente en exigir a los suplentes asistir al igual que los propietarios. Por otra parte, si los suplentes asisten a las sesiones estarán al día de los asuntos que se discutan en la Asamblea y en cualquier oportunidad que les tocara intervenir estarían lo suficientemente preparados.

Diputado MORUA RIVERA.- Señores Diputados: yo creo que se ha hecho una confusión. Si queremos exigir que los suplentes asistan a las sesiones, pues debemos asignarles un buen sueldo y gastos de viático y permanencia, pues de otra manera harían un papel desagradable si permanecen en el recinto sin voz ni voto. Si no se les fija un asiento en el salón de sesiones, yo no veo la forma en que irán a estar compenetrados de los problemas que se discuten en la Cámara. Me parece que las cosas estaban bien como antes; que los suplentes ocupen el lugar de un propietario, en las faltas de éste. Y para suplir las faltas temporales de los propietarios, creo que con los suplentes de la Meseta es suficiente. En cuanto a los sueldos, acaso los señores suplentes no tienen los mismos gastos y obligaciones que los propietarios.

DISCURSOS sobre la moción del Diputado Arroyo Blanco referente a los Suplentes.

Diputado JIMENEZ QUESADA.- Señores Diputados: Yo le di mi voto a la moción del señor Doctor Pinto, pero he de confesar que la encuentro de un tono bastante áspero para los suplentes. Creo que se está hablando de los suplentes sin que nadie se haya tomado la pena de meditar aquí en lo que realmente es un suplente. Me parece que vamos a tener que recomenzar por crear lo que yo me voy a permitir llamar la “Teoría del Suplente. “Lo lógico sería pensar primeramente, a lo menos en teoría, que si un individuo es electo suplente es porque intrínsecamente reúne las mismas buenas condiciones humanas que un propietario al cual pueda eventualmente reemplazar y debemos evitar maltratar a una serie de muchachos idóneos que han venido aquí con mucho entusiasmo a colaborar en esta tarea, para algunos tan trascendental, de crear una nueva Constitución y no se les debe desalentar. Yo no digo esto porque yo mismo sea también suplente, puesto que mi caso es muy distinto. Primeramente yo pertenezco a una fracción minoritaria y los de ella nos manejamos con una perfecta camaradería. Además yo no tengo en todo esto ni el más mínimo interés personal, yo tomo este asunto muy deportivamente, pues ni me abruma la trascendencia de mis tareas de Constituyente ya que no soy de los que creen en la enormísima importancia de estar fabricando constituciones a la dernière, ni tampoco me ha traído aquí ningún interés económico pues podría demostrar cuánto me perju- dico económicamente, por estar aquí. Mi buena contribución a la Constituyente terminó cuando nuestro improvisado partido logró situar aquí este equipo (señala los del grupo del Constitucional) que con excepción del presente, yo estoy seguro merecerán por sus cualidades parlamentarias y otras, el aprecio definitivo de todos ustedes y pese al recelo con que se nos ha visto, pues aunque hemos advertido en todos los tonos que nuestro norte no es la política, hasta conspiradores placenteramente nos llamaron. Mi satisfacción consiste en haber contribuido pues, en algo a que este equipo venga a colaborar técnicamente a las labores constituyentes. Pero otra cosa son los buenos muchachos que integran las suplencias de los otros partidos. Algunos de ellos son muy jóvenes y con mucho entusiasmo para colaborar y no merecen que sean tratados ni siquiera en forma áspera. Debemos considerar de que por si eso de ser suplente es una función bastante cajetera, pues el suplente fluctúa entre degenerar siendo una botella como le preocupa al Doctor Pinto, o bien en ser un señor que está en acecho y para ver si pesca una oportunidad, y eso a nadie le gusta. Yo por eso le rogaría al señor Pinto que modifique su moción en el sentido de que todo este asunto pase a una comisión para que con más calma piense en eso que gráficamente he llamado la teoría del suplente, puesto que parecen estar todos tan desprevenidos en cuanto a esta moción. Entonces será más difícil fijarles a los suplentes sus atribuciones. Yo encuentro ilógico el orden en que está formulada la moción del señor Pinto, porque en realidad la primera función natural del suplente es suplir y en orden a ello, venir a la Cámara para ver si tiene que suplir. Es una cuestión de forma o de orden lógico si se quiere pero creo que vale la pena considerar. Para suprimir asperezas.

Diputado SOTELA BONILLA.- Señores, no voy a referirme al asunto de los sueldos de los Suplentes, en la forma como lo propone la moción del compañero Arroyo, sino quiero comentar la conversación que en forma tan simpática nos ha hecho el señor Jiménez Quesada. En cuanto a sus palabras sobre el “equipo” que forma el Partido Constitucional, debo decirle que en la Asamblea no hay grupos, sino un solo “equipo”, integrado por magníficos ciudadanos cuyo propósito fundamental es el de servir a la buena marcha de la República.

Diputado ROJAS ESPINOZA.- Señores Diputados: la idea que sugiere la moción del Doctor Pinto es magnífica, pues persigue integrar los suplentes al trabajo de la Asamblea, pero no debemos apartarnos del papel que le toca desempeñar a los suplentes. El Diputado suplente desde que aceptó su postulación como tal, sabía que iba a sustituir en sus faltas temporales a los propietarios, pero nada más. En lo que se refiere a los sueldos, me permito recordar que aquí venimos a prestar nuestra humilde colaboración, sin que el dinero nos haya movido en forma alguna. Por encima de los intereses económicos, por encima del sueldo, está lo que nos ha traído al seno de esta Asamblea: dar a Costa Rica una buena Constitución, que sea base del progreso y del bienestar futuros de nuestra patria. Yo considero que ante esta tarea fundamental, el suplente no deberá de estar pensando en si va a ganar más o si va a ganar menos. Por mi parte, aunque no soy un potentado ni nada por el estilo, estoy dispuesto a concurrir a la Asamblea siempre y cuando lo estime conveniente a los intereses del país.

Diputado RUIZ SOLORZANO.- Señores Diputados: hace unos momentos voté gustoso una moción del Doctor Pinto, la cual pide que se llame a estas sesiones a los Diputados suplentes. Pero al escuchar las objeciones del compañero Ortiz, me han entrado ciertas dudas al respecto, al pensar que vamos a obligar a asistir a los suplentes que viven en lugares lejanos del país, ocasionándoles de esta manera una serie de gastos. Si a estos suplentes se les va a exigir la asistencia regular, debemos pensar en pagarles sus gastos de permanencia y viáticos o, de otra manera, obligarlos a asistir durante dos o tres sesiones a la semana a los que viven en Guanacaste y Puntarenas.

Diputado LEIVA.- En cuanto a la moción en sí del señor Arroyo, siento manifestar que no le daré mi voto en la forma como se ha presentado. No podemos equiparar los sueldos de los suplentes a los de los propietarios, pues entonces el presupuesto de la Asamblea se va a ir a las nubes. Por todo lo que aquí se ha dicho respecto a los suplentes, creo que este asunto debería de estudiarse mejor, pasándolo a manos de una Comisión Especial para que informe a la Asamblea.

Diputado PINTO ECHEVERRIA.- A mí me parece que no es necesario continuar en esta discusión, si más o menos todos estamos de acuerdo en lo beneficioso que es para la Asamblea obligar a asistir a los suplentes. Pero, desgraciadamente, las cosas están tomando por otro camino y se habla de los sueldos que habrán de devengar los suplentes, cuando aún no sabemos nosotros la cuantía de nuestras propias dotaciones, pues se acordó remitir a la Junta de Gobierno la facultad de fijar los sueldos de los Diputados.

El Diputado CHACON JINESTA.- Señores Diputados: Yo quiero hacer una ligera referencia a la moción del compañero Arroyo, la que agradezco en mi calidad de suplente. Pero si ocurre que los propietarios, que son siempre la mayoría, se abstienen de aprobar la cuestión de los sueldos, nosotros, entonces, vamos a quedar en una situación muy difícil, por lo que pido al estimable compañero Ramón Arroyo, que retire su moción. En el caso de que la moción no se retire, ruego se me permita el derecho de no votar, por las razones apuntadas.

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