¿Fue Henrietta Boggs Primera Dama durante la Junta Fundadora?

Nota introductoria para El Espíritu del 48

La historia está hecha no solo de decretos y fechas, sino también de personas cuyas vidas se entrelazan con los grandes momentos de un país. A veces, esos protagonistas quedan en los márgenes, no por falta de mérito, sino porque el lenguaje oficial no siempre sabe cómo nombrarlos.

Ese es el caso de Henrietta Boggs, la mujer que acompañó a José Figueres Ferrer durante los intensos meses de la Junta Fundadora, un periodo en el que Costa Rica reconstruía sus instituciones tras la guerra civil de 1948. No existía entonces un presidente constitucional, ni una estructura formal que definiera roles como el de Primera Dama. Pero sí existía un jefe de Estado —el presidente de la Junta— y a su lado una figura que cumplió, en la práctica, con las funciones sociales y simbólicas que hoy asociamos a la Primera Dama.

Esta breve reflexión nace de un intercambio que tuve reciente en redes sociales, donde surgió la pregunta:

¿Debe considerarse a Henrietta Boggs como primera dama durante el periodo de la Junta Fundadora de la Segunda República?

La respuesta, más allá de tecnicismos constitucionales, nos invita a ver la historia con sensibilidad y exactitud. Reconocer a Henrietta en ese papel no altera los hechos; más bien los ilumina.

Carlos Revilla

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¿Fue Henrietta Boggs Primera Dama durante el periodo de la Junta Fundadora de la Segunda República?

Una aclaración histórica

El debate sobre si Henrietta Boggs —primera esposa de José Figueres Ferrer— debe ser reconocida como Primera Dama de Costa Rica durante los 18 meses de la Junta Fundadora de la Segunda República, merece una respuesta sencilla y a la vez matizada. La clave está en comprender la naturaleza misma del periodo 1948–1949 y el carácter no oficial del término “Primera Dama”.

Durante esos meses posteriores a la guerra civil, Costa Rica no tenía un presidente constitucional. El país era gobernado por la Junta Fundadora, un gobierno provisional de facto, cuyo presidente era José Figueres Ferrer. Sin embargo, esto no significa que el país careciera de un jefe de Estado. Por el contrario, Figueres ejerció todas las funciones inherentes a esa jefatura: las relaciones exteriores, el mando supremo, la promulgación de decretos-ley y la conducción del proceso político que desembocaría en la Constitución de 1949.

Es decir, aunque su título fuera “Presidente de la Junta”, en los hechos sí era el jefe de Estado.

Aquí entra en juego la segunda parte del asunto. La figura de la Primera Dama no es un cargo público, no existe en la Constitución ni está regulada por ley alguna. Es, estrictamente, una convención social, un rol protocolario asociado a la pareja del jefe de Estado, independientemente de si este gobierna bajo un título constitucional o provisional.

Visto así, no hay ninguna razón para excluir a Henrietta Boggs de la lista histórica de primeras damas. Ella fue la esposa del jefe de Estado y, en la práctica, cumplió con las funciones sociales que hoy identificaríamos como propias de una primera dama: acompañó actos oficiales, recibió delegaciones, representó al país en actividades sociales y ejerció una presencia pública en un momento crucial de la vida nacional.

Por ello, la forma más equilibrada y rigurosa de plantearlo es la siguiente:

Henrietta Boggs puede y debe ser considerada la Primera Dama de Costa Rica durante el periodo de la Junta Fundadora (1948–1949), aunque de manera informal, como corresponde a un título que nunca ha sido jurídico sino social.

Más que una cuestión de protocolo, se trata de reconocer su lugar en la historia: una mujer que vivió de cerca el nacimiento de la Segunda República y que dejó una huella personal y política en uno de los episodios más decisivos del país.

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