Decreto benemeritazgo Carlos Luis Valverde Vega

Ley

Decreto-Ley No. 427

Decreto-Ley de la Junta de Gobierno que declara Benemérito de la Patria y Primer Mártir de la Segunda República al Dr. Carlos Luis Valverde Vega.

N° 427

LA JUNTA FUNDADORA DE LA SEGUNDA REPUBLICA

Considerando:

1.— Que, para ejemplo de las generaciones presentes y futuras, la Segunda República esta moralmente obligada a exaltar las virtudes de aquellos ciudadanos que todo lo dieron para que la libertad y la justicia fuesen restituidas al pueblo costarricense;

2.— Que el Doctor Carlos Luis Valverde Vega hizo de su profesión de médico, de su condición de ciudadano, y ante todo, de su naturaleza indomable de hombre de bien, una lección permanente de servicio generoso a la causa de la liberación integral de nuestra patria;

3.— Que en la lucha de los costarricenses por la supervivencia de su dignidad y de sus instituciones democráticas, el pensamiento del Doctor Valverde fue un mensaje sin alternativas por la reconstrucción moral de la República, una constante voz de unidad contra el egoísmo personalista de los partidos, una conciencia en vigilia para que los directores de los destinos de la nación propusiesen la salud, la educación y la seguridad económica del pueblo como metas firmes de sus tareas políticas;

4.— Que en la trágica tarde del 1º de marzo de 1948, su capacidad de hombre íntegro lo llevó a oponerse, heroicamente indefenso, a las armas de los asesinos, como símbolo encarnado de la rebeldía total de la ciudadanía costarricense contra el imperio de la ilegalidad y la perversión que los detentadores del poder habían convertido en fuerzas vigentes del Estado;

5.— Que, como muy acertadamente lo ha manifestado la Junta Progresista Revolucionaria de Sarchí en memorial presentado a esta Junta, la muerte del Doctor Valverde a manos de los enemigos de la República, que constituyó y ha de constituir siempre la más profunda herida en el corazón de la Patria, señaló a los costarricense el camino heroico de los sacrificios cruentos y su espíritu protector condujo, como guía invisible, al ejército libertador hasta alcanzar la victoria,

Por tanto,

Decreta:

Artículo único.— Declárase al Doctor Carlos Luis Valverde Vega, Benemérito de la Patria y Primer Mártir de la Segunda Repúbica.

Dado en el Salón de Sesiones de la Junta Fundadora de la gunda República.—San José, el día primero de marzo de mil novecientos cuarenta y nueve.—J. FIGUERES.—Gonzalo J. Facio.—Benjamín Odio.—F. Orlich.—U. Gámes Solano.—E. Cardona Q.—R. Blanco Cervantes.—Bruce Masís D.—A. Martén.—Rev. Benjamín Núñez V.—El Secretario General de la Junta,—Daniel Oduber Quirós.

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