Proyecto Constitución Política (exposición motivos)

LA PROPIEDAD DEL ESTADO


HA SIDO EL DESEO DE LA COMISIÓN QUE EN EL PROYECTO QUEDEN PERFECTAMENTE BALANCEADOS LOS DERECHOS QUE EL INDIVIDUO Y EL ESTADO TIENEN SOBRE LA RIQUEZA.- EN LOS DERECHOS Y DEBERES INDIVIDUALES OTORGAMOS A LA PROPIEDAD PRIVADA TODAS LAS GARANTIAS POSIBLES.- EN ESTE CAPITULO QUE AHORA EXPONEMOS SE LE HAN DADO AL ESTADO TAMBIÉN TODAS LAS FACILIDADES QUE LA VIDA MODERNA EXIGE PARA QUE PUEDA ORGANIZAR LA RIQUEZA NACIONAL CON MIRAS AL MEJOR PROVECHO DE LOS CIUDADANOS, CONTEMPLADOS ESTOS COMO UN TODO.-

LAS DISPOSICIONES DE ESTE CAPITULO NO ESTABLECEN UN ESTADO SOCIALISTA NI MUCHO MENOS; PERO DEJA A LOS ORGANOS DEL ESTADO EN DISPOSICIÓN DE TOMAR -SI LA MAYORIA CIUDADANA LO CREÉ CONVENIENTE, TODAS AQUELLAS MEDIDAS COMPATIBLES CON UNA SOCIEDAD INDIVIDVALISTA COMO LA NUESTRA.-

YA EL DERECHO DE LA ÉPOCA FEUDAL RECONOCIA AL REY LO QUE SE LLAMÕ EL DOMINIO EMINENTE O DIRECTO SOBRE TODOS LOS BIENES DE SU REINO.- AL VENIR LOS REGIMENES DEMOCRÁTICOS DEL SIGLO XIX MUCHOS DE ELLOS RESERVARON ESE DERECHO EN FORMA EXPRESA AL ESTADO, COMO HEREDERO DE LOS DERECHOS ANTERIORES DEL MONARCA, LEYES ESPAÑOLAS DE LA ÉPOCA DE LA REVOLUCIÓN DE RIEGO LO EXPRESARON ASI EN FORMA CLARA; Y LA JURISPRUDENCIA FRANCESA TAMBIÉN EXPUSO LA MISMA TESIS EN FORMA INSISTENTE DURANTE TODO EL SIGLO PASADO.- EN LOS TIEMPOS MODERNOS LA CONSTITUCION DE HONDURAS ADMITE EN FORMA EXPRESA ESE MISMO DERECHO DEL ESTADO.-

Y NOSOTROS HEMOS CREIDO QUE EL RECONOCIMIENTO DE ESE DERECHO ES EL QUE EN REALIDAD VIENE A JUSTIFICAR TODAS LAS FACULIADES QUE AL ESTADO SE LE HAN RECONOCIDO SIEMPRE O SE LE VAN ATRIBUYENDO EN LOS ÚLTIMOS TIEMPOS.- ES ASI COMO QUISIMOS ADMITIR EXPRESAMENTE ESE DOMINIO EMINENTE DEL ESTADO QUE, SIN MENCIONARLO NUESTRAS ANTERIORES CONSTITUCIONES, HA SIDO SIN EMBARGO EL FUNDAMENTO DE GRAN PARTE DE NUESTRA LEGISLACION.- QUISIMOS SI LIMITAR ESE DERECHO ESTATAL A LO ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE Y A LO QUE REALMENTE EXIGEN LAS NECESIDADES ECONOMICAS DE LA EPOCA PRESENTE BAJO UN RÉGIMEN QUE QUIERE SEGUIR SIENDO DEMOCRATICO.-

LAS DEMAS DISPOSICIONES DEL CAPITULO SON REGLAS DE PROTECCION AL PATRIMONIO PROPIO DEL ESTADO O A LAS RIQUEZAS NATURALES DE LA NACIÓN.-

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