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Discurso Toma de Posesión Junta Fundadora Segunda República

Discurso Toma de Posesión Junta

Discurso Toma de Posesión
Junta Fundadora de la Segunda República

José Figueres Ferrer

Discurso Toma de Posesión

Casa Amarilla, 12 horas del 8 de mayo de 1948, con asistencia del candidato electo don Otilio Ulate, invitados especiales, miembros del Ejército de Liberación Nacional, el Cuerpo Diplomático y la prensa nacional y extranjera.

Senor Presidente:

Tenemos el honor de recibir de vuestras manos el Gobierno de la República. Nos complace reconocer el acierto con que habéis sabido conducir al país en momentos tan dificiles como estos en que os ha tocado gobernar. Os agradecemos, en nombre de la Patria, vuestras actuaciones así como los conceptos del mensaje que acabáis de leer.

Conocedores de vuestro manifiesto hecho al país el primero de mayo, en el cual expresabais vuestra intención de depositar en nosotros el poder, hemos considerado oportuno dirigirle a la nación las siguientes declaraciones:

Nosotros, José Figueres Ferrer, Alberto Martén Chavarría, Fernando Valverde Vega, Raúl Blanco Cervantes, Francisco José Orlich Bolmarcich, Edgar Cardona Quirós, Bruce Masís Dibiassi, Gonzalo Facio Segreda, Uladislao Gámez Solano, Secretarios y Sub Secretarios de Estado durante el ejercicio constitucional de la Presidencia de la República por el Ing. don Santos León Herrera, al finalizar hoy este periodo y ante la anormalidad jurídica y política producida por la anulación que hizo de las elecciones de febrero último el Congreso Legislativo, rompiendo el orden constitucional, recibimos de manos del Sr. León Herrera el Gobierno de la Nación como depositarios del poder público y hacemos juramento solemne al pueblo de Costa Rica de restituirle su vida constitucional, conforme al siguiente planteamiento:

1. Nos constituimos en este acto en asocio de los señores Presbítero Benjamín Núñez Vargas y el Licenciado Benjamín Odio, en Consejo de Gobierno Provisorio de la Nación y ejecutarémos esas funciones con el nombre de Junta Fundadora de la Segunda República.

2. Actuará como Presidente de la Junta, don José Figueres Ferrer y, como Ministros, sus otros miembros.

3. Inmediatamente tomaremos las siguientes disposiciones, por Decretos:

a. Restablecimiento de las Garantías Individuales y sociales que el interés y la dignidad de la República demandan.

b. Reorganización del Poder Judicial, haciendo recaer los nombramientos respectivos, en jurisconsultos sabios y honorables.

c. Nombramiento de una comisión de juristas, economistas y técnicos en los diferentes ramos de la administración pública, para que redacte un proyecto de Constitución que responda a las necesidades actuales del país.

d. Convocatoria a elecciones de una Constituyente, que emita una nueva Carta Fundamental.

e. Depuración del Registro Electoral dentro de la mayor brevedad.

4. El periodo de propaganda para la elección de Constituyente, comenzará el 8 de noviembre de este año. Las elecciones se efectuarán el 8 de diciembre. La Asamblea Constituyente se instalará el 15 de diciembre de este mismo año de 1948.

5. La duración de las funciones de la Junta Fundadora de la Segunda República, será de 18 meses, a partir del 8 de mayo en curso, siendo prorrogables sus poderes por 6 meses más, mediante consulta a la Asamblea Constituyente.

6. Durante el periodo de gobierno, la Junta se empeñará en la reorganización administrativa que los costarricenses ansían desde hace tiempo, especialmente después del caos de los últimos ocho años, que hizo necesaria la Guerra de Liberación Nacional.

7. La Junta Fundadora de la Segunda República deja constancia ante la historia de que, en las elecciones presidenciales verificadas el 8 de febrero de 1948, fue legalmente electo Primer Magistrado de la Nación, don Otilio Ulate Blanco y que a este le fue arrebatada su credencial de modo arbitrario, por el congreso, al declarar nulas las referidas elecciones.

A fin de que el pueblo de Costa Rica vierta su veredicto final, la Junta pedirá a la Asamblea Constituyente que ratifique la elección de don Otilio Ulate por un período de cuatro años, si a bien lo tuviere.

8. La Junta de Gobierno mantendrá la vigencia de los tratados y pactos internacionales suscritos y ratificados por los gobiernos anteriores y estrechará los lazos amistosos que la unen a las demás naciones del mundo.

9. Al finalizar nuestro periodo de Gobierno Provisorio y al hacer entrega de los poderes públicos a un nuevo gobierno constitucional, se disolverá esta Junta.

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