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José Figueres Ferrer y su aporte al sistema electoral costarricense

JOSÉ FIGUERES FERRER Y SU APORTE AL SISTEMA ELECTORAL COSTARRICENSE

Oscar Fonseca Montoya
Magistrado Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones
Licenciado en Derecho por la Universidad de Costa Rica

Discurso pronunciado en el Teatro Nacional,
San José, Costa Rica, el 25 de setiembre del 2006
con motivo de la celebración del centenario
del nacimiento del Expresidente de la República y
Benemérito de la Patria José Figueres Ferrer

Leyendo los discursos de los diputados, cuando en el seno de la Asamblea Legislativa se discutía la propuesta para declarar Benemérito de la Patria a don José Figueres, todos ellos discursos vibrantes, elocuentes y sin distingo de color político, exaltando su obra, concluyo que la facultad que la Constitución Política le otorga al Poder Legislativo en el artículo 121, inciso 16) para «… decretar honores a la memoria de las personas cuyas actuaciones eminentes las hubieran hecho acreedoras a esas distinciones», más que una distinción, constituye el acto por el cual, el pueblo allí representado, saca la memoria de esa persona del mundo del egoísmo, de las pequeñeces y de las demás mezquindades humanas y la coloca en un sitial de privilegio, al cual aquellas ya no llegan y la perpetúan en la historia, al cobijo de las obras que dieron lugar a esa declaratoria y que ya nadie puede desconocerlas aunque se lo proponga.

La obra de don Pepe, imposible de describir en pocas líneas, es sencillamente extraordinaria, impresionante y motivadora a todo nivel; por lo tanto, su benemeritazgo es una distinción ganada con méritos de sobra y no una concesión graciosa.

Es un honor y una extraordinaria oportunidad que se me haya brindado este espacio, lo cual agradezco profundamente, para hacer un sencillo, pero sincero reconocimiento, a la obra del Benemérito de la Patria en materia electoral; pero siendo ésta tan abundante también, la cual habría sido suficiente para otorgarle esa distinción, sólo haré un brevísimo repaso sobre las decisiones de don Pepe que, sin ninguna duda, catapultaron al Tribunal Supremo de Elecciones a la privilegiada posición que, desde entonces, le reconoce la propia Constitución Política y el pueblo costarricense.

Comencemos por recordar, que la chispa que desató la guerra civil que él lideró y que dividió la historia del país en un antes y un después de esa confrontación, fue precisamente un conflicto electoral que, sin necesidad de calificarlo, marcó en el líder una profunda preocupación por los asuntos electorales, inseparables de la democracia que siempre defendió con alma, vida y corazón.

Todas las acciones y obra de don Pepe, relacionadas con los asuntos electorales, especialmente en el período inmediato posterior a la guerra civil, están imbuidas de aquella honda preocupación que, sin duda, se puede observar en la gran cantidad de Decretos–Ley, emitidos por la Junta Fundadora de la Segunda República, presidida por él, con los cuales le fue dando a la legislación electoral y al Tribunal, la estructura jurídica que, aún hoy día, más de medio siglo después, conserva casi íntegra, con instituciones que, desde entonces, son orgullo nacional y admiración internacional y que, además, han permitido resolver hasta los más difíciles conflictos electorales, algunos de ellos inéditos, en un ambiente de justicia, paz y seguridad, dada la confianza que generaron en el pueblo, aquellas reformas electorales concebidas por un indiscutible visionario.

Sucintamente, con la venia de este selecto auditorio, que además conoce mejor que yo la obra del Benemérito, recordemos en primer lugar un hecho que, a primera vista, parece de poca trascendencia, pero en el fondo, es la mejor prueba de que, hasta en los pequeños detalles, se manifestó su profundo respeto y preocupación por los asuntos electorales.

La Comisión Redactora del proyecto de la Constitución Política, nombrada por la Junta, contempló el cambio del nombre de Tribunal Nacional Electoral, como se denominaba hasta entonces, por el de Tribunal Superior de Elecciones, lo cual implicaba un avance importante.

Sin embargo la Junta, mediante el Decreto–Ley Nº. 171 del 14 de setiembre de 1948, consideró lo siguiente: «Que es mejor la palabra Supremo en vez de Superior, porque, aunque ambas significan: «lo que está más alto», es preferible, por tratarse de un Tribunal que disfrutará de todas las ventajas de un Poder del Estado, que se le denomine Supremo. El propio diccionario de la Lengua Castellana, dice: «Tribunal Supremo es aquel cuya jurisdicción se extiende a todas las provincias…, y de cuyas sentencias no hay apelación a otro». …Que otros organismos del Estado se distinguen con el nombre de Tribunal Superior, sin que tengan como el de Elecciones, una misión tan elevada como amplia y excepcional;… Por tanto, Decreta: Artículo 1º.- En lo sucesivo, el Tribunal Nacional Electoral se seguirá denominando: Tribunal Supremo de Elecciones…».

Este cambio de nombre del Tribunal, que en un primer momento parece una decisión de poca trascendencia, fue sin embargo de la mayor importancia, porque señala el comienzo y marcó definitivamente el sendero por el cual transcurrió toda la estructuración jurídica del organismo electoral convirtiéndolo, desde entonces, en una institución emblemática, sólida y confiable y que, aún hoy día, con esos mismos atributos, exhibimos al mundo con orgullo los costarricenses.

En efecto, ya en el propio decreto que cambió el nombre del Tribunal, se le consideraba un organismo «que disfrutará de todas las ventajas de un Poder del Estado», característica que, pocos meses después, fue incorporada a la propia Constitución Política, a través de varias normas que, aunque no lo denominaban formalmente como un cuarto poder del Estado, sí lo rodearon de potestades y de la independencia que ya habían sido, desde antes, también acordadas mediante varios Decretos–Ley de la Junta Fundadora de la Segunda República.

Es más, en el Proyecto de Constitución Política, presentado por la Junta Fundadora de la Segunda República a la Asamblea Constituyente, en el Título VII, se propone un cuarto poder: EL PODER ELECTORAL, encabezado por el Tribunal Supremo de Elecciones.

Sin embargo, dado que este proyecto, como se sabe, no fue acogido por la Asamblea Constituyente como base de discusión, sino la Constitución Política de 1871, al final no fue refrendada la sugerencia del Cuarto Poder pero, no obstante, la gran mayoría de las atribuciones, prerrogativas y potestades propuestas en el proyecto de la Junta, fueron introducidas mediante mociones presentadas por un selecto grupo de diputados constituyentes, a quienes se le encargó esta importante labor, logrando de este modo consagrar en la Constitución, un modelo de Tribunal Supremo de Elecciones que, sin ser concebido formalmente como un Cuarto Poder, sí disfruta desde entonces, «de todas las ventajas de un Poder del Estado», como lo consideró la Junta Fundadora de la Segunda República en el mencionado Decreto–Ley Nº. 171, cuando le cambió el nombre.

Gracias a este extraordinario esfuerzo de don Pepe, a través de la Junta que él presidió, y de los diputados constituyentes que comprendieron la importancia de rodear a los organismos electorales de las mayores garantías, potestades e independencia en el ejercicio de sus funciones, y gracias también, hay que reconocerlo, a que los magistrados que tuvieron a su cargo la orientación inicial del novel y poderoso organismo, supieron con sabiduría y prudencia administrar adecuadamente esos poderes, tenemos hoy día un Tribunal Supremo de Elecciones y una organización electoral emblemáticos, modelos confiables y dignos de quienes como don Pepe, así los concibieron.

Para finalizar, creo de la mayor importancia, escuchar al Benemérito sobre lo que pensaba del sistema electoral, con el que soñó e impulsó como ninguno. En su libro «Cartas a un ciudadano», en la que denominó «Ante el Derecho Electoral», decía: «…nosotros fuimos a la guerra en 1948 por defender el derecho electoral… En esta penosa jornada, hemos dejado en el camino a nuestros mejores compañeros. Los sobrevivientes no tenemos siquiera derecho a escoger. Estamos unidos con sangre al principio del sufragio popular».

Por último, estoy seguro que don Pepe nunca se preguntó, qué podía hacer la Patria por él; lo que se preguntó siempre fue: ¿qué puedo hacer yo por mi Patria?. Y, vaya que lo hizo y en abundancia.

Gracias noble Benemérito; su obra, que le ha merecido la mayor distinción que un pueblo, en agradecimiento, otorga a sus hijos predilectos y esclarecidos, sirva de ejemplo a las generaciones venideras, como seguramente ha servido a muchas en el pasado y, desde luego, en el presente.

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